Las reducciones de capital
Las reducciones de capital son unas operaciones mercantiles realizadas para disminuir la cifra del capital social que figura en los Estatutos Sociales de la empresa.
En una operación de reducción de capital, se busca disminuir los fondos de la empresa mediante la modificación del capital social.
Suele valorarse favorablemente llevar a cabo una reducción de capital en la Sociedad cuando se desea hacer frente a las pérdidas que haya podido tener, siendo el patrimonio neto inferior al capital social. En estas situaciones conviene llevar a cabo las operaciones necesarias para reestablecer el equilibrio de la sociedad para que el patrimonio neto siga siendo una garantía ante terceros.
También es importante tener presente que es importante que una Sociedad Mercantil cumpla con los requisitos relativos a las reservas legales que establece la Ley de Sociedades de Capital, siendo especialmente importante para que pueda tener la capacidad de compensar las pérdidas que pudieran producirse.
¿Por qué se hace una reducción de capital?
Dentro de los distintos motivos por los que se lleva a cabo una reducción de capital, podemos empezar con la compensación de pérdidas antes mencionada. Esta suele ser una de las razones más habituales para llevar a cabo una reducción de capital.
En segundo lugar, suele ser necesaria para dotar a las reservas legales de la sociedad, debiendo esta reserva suponer al menos el 20% del capital social. En estos casos, es necesario que la sociedad no cuente con reservas disponibles para destinar a estos efectos.
En tercer lugar, se puede llevar a cabo una reducción de capital para incrementar las reservas voluntarias de la sociedad, aminorando el patrimonio neto. En este supuesto, los acreedores verán reducidas sus garantías, motivo por el cual suele dárseles en contraprestación un derecho de oposición a la reducción.
Por último, otro de los motivos habituales para llevar a cabo una operación de reducción de capital suele ser la devolución del valor de las aportaciones realizadas por los socios.
En este caso, se busca restituir a los socios el valor de las cantidades que en su día aportaron a los efectos constitutivos de la sociedad. Para ello, será necesario el consentimiento individual de todos los socios. Es habitual llevar a cabo reducciones de capital con estas características para aquellos supuestos en los que se debe restituir las aportaciones al socio, como por ejemplo, los supuestos de exclusión de socios o el ejercicio del derecho de separación.
¿Qué tipos de reducciones de capital existen?
Por un lado, tenemos las reducciones de capital por disminución del valor real de las acciones o participaciones sociales. En este supuesto, se mantendría el número total de participaciones emitidas con la particularidad que su valor nominal será menor.
Otra de las opciones posibles es llevar a cabo una amortización de las acciones o participaciones sociales eliminando el número de participaciones necesario para llegar a la cantidad de capital reducido deseado. En este caso, se debe proceder con el reembolso de las aportaciones sociales a los Socios o a los accionistas.
La tercera modalidad de reducción de capital es mediante la agrupación de acciones o de participaciones sociales para su canje, agrupando varias participaciones para proceder a la asignación de una participación.
¿Qué conlleva la reducción de capital de una empresa?
En primer lugar, una reducción de capital necesariamente derivará en la correspondiente modificación de los Estatutos Sociales de la empresa con su correspondiente escritura pública y posterior inscripción en el Registro Mercantil.
Por esta razón, será necesario el necesario acuerdo de la Junta de Socios aprobando la reducción de capital, debiendo ser aprobado por una mayoría cualificada a estos efectos.
¿Se puede aumentar y reducir el capital social simultáneamente?
En la práctica por distintas razones y a efectos de simplificar los trámites con el Registro Mercantil, suele ser conveniente realizar una ampliación de capital al mismo tiempo que se realiza una reducción del capital.
Este tipo de operaciones se denominan “operación acordeón” y generalmente buscan sanear las finanzas de la sociedad al mismo tiempo que reintegran parte del capital social.
Es habitual que este tipo de operaciones se haga primero realizando una reducción del capital a cero o por debajo del mínimo legal y que seguidamente se realice una ampliación que cubra, al menos, el mínimo legal.
LETSLAW
En Letslaw somos expertos en llevar a cabo operaciones de reducción de capital. Nuestros profesionales cuentan con más de 10 años de experiencia asesorando en este tipo de operaciones.