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Impacto blockchain en la protección de datos

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Impacto blockchain

Impacto blockchain en la protección de datos

¿Cómo se relacionan Blockhain y protección de datos? Actualmente, la tecnología Blockchain se encuentra en auge y cada vez más presente en diversos ámbitos. Pero ¿cómo afecta a la protección de datos? En Letslaw te contamos los principales aspectos que debes saber en todo lo relativo a esta tecnología y su impacto en la protección de datos.

Conflicto entre la tecnología blockchain y protección de datos

El Blockchain es un medio que permite tanto validar como certificar información de cualquier tipo de forma descentralizada, que no es posible manipular y en la que todo queda registrado. Por tanto la información almacenada no se puede modificarse pero tampoco eliminarse.

Cada bloque que forma la cadena está conectado al siguiente matemáticamente y, en caso de modificación de alguno de los bloques se romperá la cadena, quedando el resto y la información contenida en los mismos inmutable.

Pero la principal cuestión en este caso, es la referente a si es posible garantizar la privacidad en este tipo de tecnología.

Principalmente, se diferencian los siguientes problemas:

  1. Es complicado determinar a los responsables del tratamiento de los datos, ya que cada todos los participantes de la cadena o red pueden acceder a la totalidad de las transacciones que se llevan a cabo y a toda la información.
  2. La información que se encuentra en las cadenas de bloques no se puede modificar, rectificar o borrar. Por lo tanto, las bases de datos son imborrables. Esta inmutabilidad entra en conflicto con la protección de datos ya que va en contra del derecho de supresión o derecho al olvido, recogido por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
  3. Además, esta inmutabilidad también afecta a la limitación del tratamiento, ya que en el propio RGDP se dispone que los datos personales solamente deben mantenerse durante un periodo no superior al que sea necesario para los fines por lo que se recogen los mismos.

Blockchain y el derecho al olvido

En lo que respecta al mencionado derecho al olvido, hay que tener en cuenta que el interesado, según el artículo 17 del RGPD tiene derecho a la obtención por parte del responsable del tratamiento de los datos la supresión de los mismos cuando:

  • Los datos personales ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
  • El interesado retire el consentimiento en que se basa el tratamiento.
  • El interesado se oponga a dicho tratamiento y no existan otros motivos para el mismo.
  • Los datos hayan sido tratados de forma ilícita.
  • Los datos deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal.
  • Los datos se hayan obtenido en relación con una oferta de servicios de la sociedad de la información de conformidad con lo dispuesto en el propio RGPD.

Pero actualmente esto no es posible en este tipo de tecnología lo que puede suponer problemas y conflictos entre blockchain y protección de datos.

Posibles soluciones frente al derecho al olvido

Como soluciones a la imposibilidad del ejercicio de este derecho que podrían aplicarse, podría ser una eliminación de las credenciales existentes así como las claves de acceso, de manera que sea inaccesible para cualquiera.

Es algo complicado y no ofrece garantías totales, ya que es difícil asegurar que no queden a disposición de nadie o se produzca un ataque de fuerza bruta (consistente en un procedimiento para recuperar claves mediante la prueba de todas las combinaciones que sean posibles).

También cabría la posibilidad de obtener un consenso entre todos los administradores de la cadena de bloques acordando una serie de normas con comandos de edición.

Ausencia de un responsable de tratamiento

Como se ha mencionado previamente, es difícil en estos casos determinar al responsable del tratamiento ya que se trata de una red descentralizada y no se trata la información desde ningún organismo central.

Es por ello que hace complicado este punto el ejercicio de los derechos de los usuarios recogidos en el propio RGPD.

Impacto con Internet de las cosas (IoT)

En el caso del Internet de las Cosas o IoT, las principales líneas que se han ido desarrollando y que continuarán son las referidas a la posibilidad de integrar sistemas para conseguir una automatización de líneas de producción, aplicación a sistemas de almacenamiento o de distribución de productos. También puede aplicarse a los hogares o sistemas comunitarios y es aquí donde puede llegara tener un mayor desarrollo para ayudar a un gran número de personas.

En definitiva, la tecnología blockchain tiene un gran potencial y con un futuro prometedor.

En Letslaw contamos con un equipo de profesionales especializados en derecho digital y nuevas tecnologías.

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