Cómo hacer un sorteo en redes sociales de manera legal
¿Quieres hacer un sorteo en redes sociales y te preguntas cómo hacerlo de forma legal? En este artículo te damos todas las claves sobre las obligaciones legales y fiscales de los sorteos en RRSS y te contamos cómo redactar las bases legales de tu sorteo.
Obligaciones legales y fiscales de los sorteos en redes sociales
El primer aspecto a tener en cuenta en relación con la organización de sorteos online desarrollados en redes sociales, o en cualquier plataforma digital, radica en la existencia de onerosidad en la participación de los usuarios en el sorteo.
Es decir, si el usuario tiene que pagar un cantidad o importe económico por su participación en el sorteo, el organizador tendrá la obligación legal de solicitar la autorización correspondiente para la organización de ese sorteo ante la Dirección General de Ordenación del Juego para poder ejercer esta actividad.
Una vez considerado esto requisito, y para los casos en los que la participación sea gratuita, el organizador únicamente deberá redactar y poner a disposición de los participantes, de manera directa y sencilla, un documento relativo a las bases legales del sorteo. En este deberá constar toda la información relacionada con la organización y participación en el sorteo.
En este sentido, cabe destacar que no es obligatorio protocolizar unas bases legales ante notario. Aunque, la realización de esta acción otorga mayor credibilidad y seguridad jurídica al sorteo o acción promocional que decida llevarse a cabo.
Igualmente, y en relación con las obligaciones en materia de protección de datos, en caso de que se soliciten datos de carácter personal a los usuarios para su participación en el sorteo, el organizador deberá solicitar el consentimiento para el tratamiento de esos datos con la finalidad de gestionar correctamente la participación del usuario en el sorteo (y demás finalidades adicionales con las que quiera tratar esos datos).
Teniendo en cuenta lo anterior, lo habitual es que en un sorteo que se organiza a través de redes sociales la participación no implique tener que dar datos personales por parte de cada participante, si bien sí se tendrán que pedir datos para el caso del ganador de forma que pueda gestionarse de manera correcta la entrega del premio (como, por ejemplo, nombre, apellidos, dirección de entrega, etc.).
En este caso, en el formulario de captación de datos que se habilite para tal efecto, deberá habilitarse un opt-in o casilla de marcación que el usuario deberá marcar de cara a consentir el tratamiento de sus datos para la gestión de la entrega del premio.
Por otro lado, y en lo que respecta a las obligaciones fiscales en la organización de un sorteo online en donde la elección del ganador esté basada en sistemas aleatorios, es importante subrayar que el organizador deberá pagar un impuesto de juego que supone el 10% del valor total del premio entregado, realizado el pago del referido impuesto a través del modelo 685.
Asimismo, se deberá tener igualmente en cuenta que están sujetos a retención o ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) la entrega de premios procedentes de rifas o sorteos (art. 101 Ley IRPF) al tipo fijo del 19% cuyo importe exceda de 300 euros y que dicha retención deberá pagarse mediante la presentación de la autoliquidación modelo 111 “Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF”.
Este ingreso a cuenta podrá ser repercutido al ganador o podrá asumirlo el propio organizador. Si bien, deberá especificarse este aspecto en las bases legales del sorteo, por lo que en el momento de comunicar el resultado del sorteo al ganador, deberá de ser informado de que deberá asumir esta retención presentando el modelo 111 previo pago del importe del impuesto por parte del premiado.
Otros aspectos a tener en cuenta
Adicionalmente a los requisitos legales regulados en la legislación vigente en materia de juego, el organizador deberá tener en cuenta el contenido y limitaciones establecidas en las propias políticas legales de la red social en la que se vaya a publicar el sorteo que se quiere organizar (como, por ejemplo, limitaciones o prohibiciones a la hora de obligar al participante a llevar a cabo determinadas acciones para poder participar).
Cómo redactar las bases legales de un sorteo en RRSS
La redacción del documento de bases legales de un sorteo deberá ser clara y sencilla para si fácil compresión por parte de los participantes, y deberá contener, al menos la siguiente información:
- Identificación del organizador del sorteo.
- Si la participación en el sorteo es gratuita o implica algún coste para el usuario.
- Datos de la protocolización si se han protocolizado las bases ante notario.
- Ámbito territorial y requisitos de participación.
- La fechas en las comienza y finaliza el sorteo.
- Posibilidad de que el organizador pueda ampliar los plazos de participación en el sorteo.
- Descripción del premio (valor estimativo de mercado, características, modelo, etc.).
- Fecha y forma de comunicación del ganador y la manera en la que se entregará el premio al ganador.
- Cláusula de protección de datos en donde se indique la identificación del responsable del tratamiento, las finalidades del tratamiento con las que se van a tratar los datos, la legitimación del tratamiento, los derechos que puede ejercer el participante en relación con sus datos, plazo de conservación de los datos, si van a cederse a terceros, etc.
- Fiscalidad, es decir, a quién se va a repercutir las retenciones a cuenta del IRPF en caso de que el premio objeto del sorteo tenga un valor superior a 300 euros.
- Cláusula de casos de exención de responsabilidad por parte del organizador en lo que respecta a la dinámica del sorteo.
- Cláusula de casos en los que usuarios pudieran quedar excluidos de la participación del sorteo.
- Legislación y fuero aplicable.
- Adicionalmente, se deberá pedir autorización expresa del participante de cesión de sus derechos de imagen en caso de que se quiera publicar una fotografía del ganador en alguna red social del organizador.