Abogados sorteos: ¿Cómo cumplir la legislación vigente?
Como abogados especialistas en el asesoramiento en la realización de promociones y sorteos online, a continuación, explicamos qué cuestiones legales se deben tener en cuenta a la hora de llevar a cabo este tipo de acciones.
Legislación Española
Los sorteos y concursos en webs y redes sociales son uno de los grandes pilares de las estrategias comerciales de las marcas. Los organizadores de los mismos deben conocer las claves para realizar este tipo de acciones adaptadas a la legislación que les resulta de aplicación y así evitar posibles sanciones.
Tras la entrada en vigor de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego (en adelante, “Ley del Juego”), en caso de que se vaya a organizar un concurso o sorteo sin tarificación adicional para los participantes, es decir, si la participación resulta totalmente gratuita, no es necesaria la obtención de un título habilitante para ejercer este tipo de actividades.
Por el contrario, en los casos en los que la participación sí suponga un coste adicional para aquellos que deseen participar, entonces sí que habrá que cumplir con determinados requisitos legales y obtener las licencias pertinentes.
Otra cuestión que deberemos tener en cuenta a la hora de realizar un concurso o sorteo en Internet es su fiscalidad. Conforme a la Ley del Juego, los sorteos promocionales tributan a un tipo de gravamen del 10% del valor del premio entregado, siempre que el sorteo esté basado en combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales. Es decir, que sólo se tributaría en los casos en los que intervenga el azar y no en aquellos casos en los que sea un jurado quien decida los ganadores (concursos).
El organizador de la promoción es responsable de:
- Cumplir con la legislación propia del ámbito geográfico donde aplica.
- Cumplir con la normativa propia de la red social donde aplica.
- Cumplir con las propias bases legales que el organizador ha definido por su sorteo.
Para la realización de los sorteos y concursos es necesario disponer de unas bases legales que estén disponibles para los usuarios en todo momento para que puedan aceptarlas y consultaras cuando deseen. También es aconsejable, aunque no obligatorio, proceder a la protocolización de las bases legales ante notario por si hubiese futuras reclamaciones o eventualidades por parte de los usuarios, participantes o terceros interesados y realizar el sorteo ante notario.
Algunas de las cláusulas que se deben incluir en las bases legales son las siguientes:
- Identificación del organizador.
- Gratuidad o, por el contrario, tarificación adicional para la participación.
- Fechas de comienzo y terminación del concurso o sorteo promocional y fecha en la que se realizará el concurso o sorteo y la modalidad de este (sorteo ante notario, jurado etc.)
- Reglas y condiciones para participar.
- Valor y naturaleza sobre el precio ofrecido.
- Protección de datos de carácter personal.
- Penalizaciones en caso de uso fraudulento.
- Cesiones de derechos de imagen y/o propiedad intelectual del ganador o ganadores y/o de los participantes.
- Posibilidades de prorrogar o suspender el sorteo (ej. en casos de fuerza mayor).
- Posibilidad de dar de baja o descalificar a usuarios que incumplan las reglas del sorteo y exoneración de responsabilidad del organizador en caso de incumplimiento de los participantes.
Legislación Europea
La nueva legislación europea en materia de protección de datos también afecta al desarrollo de sorteos y promociones online, especialmente en materia del consentimiento de los usuarios.
El Reglamento General de Protección de Datos ofrece varias opciones para aplicar una base legal sólida al tratamiento de datos. La base jurídica más utilizada en el entorno digital es la del consentimiento. El consentimiento es reforzado con esta nueva normativa ya que exige que este sea: libre, específico, informado e inequívoco, consistiendo en una declaración o una clara acción afirmativa, no admitiéndose el consentimiento tácito.
En este sentido, y al ser esta normativa plenamente aplicable desde el 25 de mayo de 2018, en todos aquellos sorteos y/o concursos que se realicen, y en el que se recaben datos personales de los participantes, los organizadores tendrán que tener en cuenta todos los requisitos establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos.
Conforme a lo anterior, resulta necesario contar con una Política de Privacidad adaptada a esta normativa donde se especifique de forma clara el tratamiento que realiza el organizador de los datos de sus usuarios. Asimismo, el organizador debe tener implementadas las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la salvaguarda de los datos tratados.
Legislación internacional
El organizador debe tener presente que es necesario cumplir con la legalidad establecida en cada país para la realización de sorteos en Internet, es decir en el caso de que el ámbito de organización del sorteo o concurso sea a nivel internacional, se deberán estudiar y cumplir con los requisitos legales que exija cada país para la realización de los mismos.
Asimismo, se debe tener en cuenta que si la promoción se desarrolla o difunde en una red social, también se deberá cumplir con la normativa específica de la misma plataforma y comprobar cómo esta lo regula a través de sus distintas políticas y condiciones.
En relación con los premios en el caso de que el ganador fuese no residente se deberá tener en cuenta lo establecido en la normativa sobre el impuesto de la renta de los no residentes.
Letslaw
¿Conoces Letslaw? Ofrecemos soluciones jurídicas a los concursos y sorteos realizados a través de internet, así como la adecuación de estos al Reglamento General del Protección de Datos, con el propósito de garantizar el correcto desarrollo de los mismos conforme a la legalidad vigente.
¿Tienes dudas sobre cómo hacer un sorteo en Internet?
Letslaw es una firma de abogados internacionales especializada en el derecho de los negocios.