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TJUE confirma la validez de la protección del diseño del bloque de Lego

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TJUE confirma la validez de la protección del diseño del bloque de Lego

TJUE confirma la validez de la protección del diseño del bloque de Lego

El Tribunal General de la Unión Europea (en adelante, el TGUE) ha reafirmado una vez más su respaldo a la protección de la propiedad industrial de la reconocida empresa danesa Lego, confirmando la validez del diseño de su icónico bloque de juego.

La disputa legal, que ha estado en curso en el ámbito jurídico europeo durante varios años, se centra en el enfrentamiento entre Lego y la compañía alemana Delta Sport Handelskontor.

Antecedentes

En 2010 Lego obtuvo la protección del diseño de su bloque de juego en la Unión Europea. Cabe recordar que las marcas y dibujos o modelos comunitarios son válidos en todo el territorio de la Unión Europea donde coexisten con aquellos registrados nacionalmente.

No obstante, nueve años después, a solicitud de Delta Sport Handelskontor, la sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), oficina encargada de otorgar la protección de las marcas y dibujos o modelos comunitarios, emitió una decisión conforme a la cual se anuló dicha protección, argumentando que todas las características visuales del bloque LEGO estaban exclusivamente determinadas por su función técnica de permitir el ensamblaje y desmontaje con otros bloques del juego.

Tras conocer la resolución, Lego interpuso un recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea solicitando la anulación de dicha resolución y, en 2021, el TGUE dio respuesta a esta solicitud de forma satisfactoria para la empresa danesa. Esto provocó que la EUIPO revocase su decisión de 2019 y emitiese una nueva resolución rechazando la solicitud de anulación de Delta Sport Handelskontor.

A través de esta nueva resolución, la EUIPO consideró que no procedía cancelar la protección del bloque LEGO, ya que este podía acogerse a una excepción del Reglamento sobre los dibujos y modelos comunitarios que permite que los accesorios mecánicos de los productos modulares puedan constituir un elemento importante de las características innovadoras de los productos modulares y, por lo tanto, ser susceptibles de protección.

En respuesta a esta resolución, la empresa alemana presentó otro recurso ante el Tribunal General en 2022, solicitando la anulación de la misma y que ha sido objeto de resolución en la sentencia objeto de análisis en esta entrada.

Reciente sentencia del TGUE

Un diseño puede ser válido para protección si al menos una función del producto no está dictada por la función técnica.

En este contexto, la reciente sentencia en el caso T-537/22 del TGUE ha dado respuesta al recurso presentado por Delta Sport Handelskontor y ha reafirmado la procedencia de la decisión emitida por el TGUE en 2021 indicando que que la Sala de Recurso de la EUIPO no examinó la pertinencia de la aplicación de la excepción invocada por Lego y no tuvo en cuenta que “un dibujo o modelo comunitario subsiste en un diseño que sirve para permitir el ensamblaje o la conexión múltiple de productos mutuamente intercambiables dentro de un sistema modular”.

Basándose en su jurisprudencia y ampliándola, la sentencia del TGUE argumenta que un diseño solo se declara nulo si todas sus características quedan excluidas de la protección.

En este caso, dado que algunas de las objeciones de Delta Sport Handelskontor se refieren solo a una característica entre varias consideradas por la EUIPO, se consideran inoperantes y son desestimadas.

Además, el TGUE destaca que, si bien un diseño debe declararse nulo si todas las características de su apariencia están dictadas únicamente por la función técnica del producto al que se refiere, si al menos una de las características no está dictada por la función técnica de dicho producto el dibujo o modelo en cuestión no puede ser declarado inválido.

El Tribunal General también señala que a Delta Sport Handelskontor, como parte recurrente, le corresponde la carga de la prueba, es decir, argumentar y proporcionar evidencias suficientes para demostrar la certeza de sus alegaciones. En este sentido, el TGUE considera que la empresa alemana no ha proporcionado evidencias que demuestren suficientemente que el diseño del bloque de juego en cuestión no cumple con los requisitos para acogerse a la excepción que protege los sistemas modulares, como la novedad y el carácter singular.

Es importante tener en cuenta que, frente a las decisiones del Tribunal General, se puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, limitado a cuestiones de derecho, en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de la resolución.

Este recurso será sometido a un procedimiento de admisión previa y deberá ir acompañado de una solicitud que exponga las cuestiones importantes para la unidad, coherencia o desarrollo del Derecho de la Unión que plantea dicho recurso de casación.

En Letslaw, nuestro equipo de abogados de propiedad industrial estará encantado de asesorarte en aquello que precises. No dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo.

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