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Prórroga de la moratoria concursal

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Prórroga de la moratoria concursal

La pandemia del COVID 19 ha significado un gran golpe para la situación financiera de muchas empresas. En ese contexto se han tomado medidas en pos de favorecer a compañías con problemas de endeudamiento como la prórroga de la moratoria concursal. Desde Letslaw, queremos darte más información sobre estas medidas.

Ampliación de la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores

La ley concursal prevé que el Administrador de una sociedad que se encuentre en situación de insolvencia actual inminente, tiene la obligación de presentar al Juez en el plazo de dos meses una solicitud de admisión en el procedimiento de concurso voluntario. La importancia de este deber de solicitar el concurso radica en la eventual responsabilidad que podrían tener los administradores si se comprueba que no fueron diligentes en esta petición, generando perjuicio para acreedores.

Debido a que muchas empresas están afrontando dificultades para hacer frente a sus deudas, la rigurosa de esta norma tendría efectos devastadores para la economía. Por ello a través del Real Decreto Ley 5/2021 de medidas de apoyo a la solvencia empresarial, se suspende el plazo para la solicitud de concurso voluntario hasta el 31 de diciembre de 2021.

Esto significa, en principio, que a partir del 31 de diciembre de 2021 se iniciaría el computo de los dos meses dentro de los cuales los administradores den presentar la solicitud de declaración de concurso. También queda suspendida la tramitación de solicitudes de concurso necesario, es decir, el que es solicitado por los acreedores.

Medidas adicionales aprobadas de tipo económico y procesal

En la misma norma que recoge esta prorroga se aprobaron tres líneas de apoyo económico para las empresas:

  1. Fondo de apoyo directo a las pymes y los autónomos para el pago de deuda contraída desde marzo de 2020, tanto la relacionada con proveedores, como el pago de gastos fijos o deudas financieras y no financieras.
  2. Fondo que se configurará para la reestructuración de los créditos avalados hasta la fecha por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).
  3. Fondo de recapitalización para empresas medianas.

Sumado a eso la norma establece:

  • Se amplia de plazo de ejecución proyectos del sector turístico financiados por la Secretaría General de Industria y de la PYME y de los préstamos concedidos a empresas del sector turístico.
  • Se extiende cuatro meses más para el retraso del pago deudas tributarias sin intereses de demora.
  • Las sociedades anónimas que no hayan podido modificar sus estatutos puedan seguir celebrando la junta general o asamblea de socios por medios telemáticos durante el ejercicio 2021, pero deberán garantizar la identidad del socio que ejerce su derecho de voto y se asegure la posibilidad de participar en la reunión por distintas vías

¿Cómo afectará esto a las empresas?

Estas medidas han sido solicitadas y esperadas por el sector empresarial hace meses. Es importante para las empresas acceder a este tipo de apoyo teniendo en cuenta que la recuperación económica esta tardando más de lo que se preveía. Aprovechar las líneas de crédito, el aplazamiento de deber de solicitar concurso y del pago de deudas tributarios es fundamental para poder sobrepasar esta crisis por la que atraviesa el conjunto de la economía

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