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Aprobada la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, que combatirá las formas de fraude asociadas a las nuevas tecnologías

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Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal

Aprobada la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, que combatirá las formas de fraude asociadas a las nuevas tecnologías

El Congreso aprobó ayer, de manera definitiva, el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que aprobó el Consejo de ministros el pasado 13 de octubre y que siguió su trámite parlamentario.

El Proyecto de Ley contiene cambios en diversas normas y figuras tributarias, tanto para incorporar el Derecho comunitario a la normativa española, como para implantar medidas que refuercen la lucha contra la elusión fiscal y la economía sumergida. Asimismo, pretende reducir la litigiosidad de los contribuyentes y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.

Medidas concretas

Se limita el pago en efectivo a 1 000 euros cuando una de las partes sea empresario o profesional. En el caso de particulares, el límite es de 2 500 euros; y si son particulares con domicilio fiscal fuera de España, el pago en efectivo puede ser hasta 10 000 euros.

Se prohíben por ley de las amnistías fiscales, evitando que existan agravios comparativos con la mayoría de los contribuyentes, que cumplen con sus obligaciones tributarias.

Inspecciones en domicilios

Otra enmienda contempla el aval a las inspecciones fiscales en domicilios, sin previo aviso. Pero siempre y cuando estén autorizadas por una autorización judicial o el propio contribuyente y estén justificadas, no por meras sospechas, tras varias sentencias del Supremo que desautorizaba los registros sin avisos previos.

SOCIMI Y SICAV

Habrá un mayor control de las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) para garantizar que son colectivas. Al menos debe contar con 100 socios y cada uno tener acciones por valor de al menos 2 500 euros.

A las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) se les ha establecido un gravamen especial sobre el beneficio no distribuido del 15 %.

Paraísos fiscales y lista de morosos

Se rebaja de un millón de euros a 600.000 euros el umbral de la deuda con Hacienda que conlleva aparecer en el listado de deudores. Además, se incluyen en esa lista de deudores a los responsables solidarios.

Se actualiza y amplía el concepto de paraísos fiscales, que pasan a denominarse ‘jurisdicciones no cooperativas’, término usado a nivel internacional. La lista de paraísos fiscales deberá ser actualizada periódicamente.

Valor de referencia

Se contempla una reforma que permitirá que, en el caso de bienes inmuebles, el valor de referencia del Catastro se convierta en la base imponible de los tributos patrimoniales, esto es, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esta misma regla será aplicable en el Impuesto sobre el Patrimonio para los inmuebles en cuya adquisición, onerosa o lucrativa, la base imponible haya sido el valor de referencia del Catastro.

Este nuevo uso del valor de referencia, que entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

Herencias en vida

Se eliminan las ventajas fiscales para los pactos sucesorios -que finalmente se mantendrán si los bienes se venden más de cinco años después de suscribirlos. Introduciendo un gravamen del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los pactos sucesorios, una modalidad de herencia en vida. De este modo los sucesores contribuyentes que escojan esta opción de Pacto Sucesorio para legar sus bienes sufrirán un aumento en el IRPF.

Criptomonedas y software de doble uso

Se establece la prohibición de la producción, tenencia o comercialización del denominado ‘software de doble uso’, donde se emplean programas informáticos que permiten manipular la contabilidad y que pueden ser usados por empresas infractoras para ocultar parte de su actividad.

Además, se reforzará el control fiscal sobre el mercado de criptodivisas, estableciendo dos nuevas obligaciones informativas: del saldo que mantienen los titulares de monedas virtuales y de las operaciones sobre dichas monedas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan.

Cumplimiento voluntario de obligaciones

La nueva norma contiene actuaciones para aligerar el volumen de litigiosidad con los contribuyentes y fomentar el pago voluntario. Se contemplan cambios en el régimen de reducciones aplicables a las sanciones tributarias y en el régimen de recargos para conseguir una mayor simplificación y favorecer el pago voluntario.

Impuesto de matriculación

La nueva ley finalmente recoge, la congelación hasta el 31 de diciembre de la subida del impuesto de matriculación prevista inicialmente.

 

La Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, conocida como `Directiva anti elusión fiscal’ o, por sus siglas en inglés, como ATAD, aborda diferentes ámbitos: establece una norma general anti abuso, un nuevo régimen de transparencia fiscal internacional, el tratamiento de las denominadas asimetrías híbridas, la limitación de la deducibilidad de intereses y la regulación de la llamada imposición de salida.
Sin embargo, en esta ley se incorporan los concernientes al nuevo régimen de transparencia fiscal internacional y a la imposición de salida.

Estas son algunas de las medidas de esta Ley contra el fraude fiscal. Si tienes alguna duda sobre cómo puede influir estas medidas en tu situación tributaria, contacta con nosotros.

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