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Cómo crear una sociedad mercantil en 2021

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Cómo crear una sociedad mercantil en 2021

¿Te preguntas mo crear una sociedad mercantil? A lo largo de este artículo vamos a identificar cuáles son los diferentes hitos, desde un marco jurídico y legal, a tener en cuenta para crear una empresa.

Empezaremos por mencionar cuáles son los principales pasos a seguir para crear una empresa, veremos cuáles son los trámites fiscales y laborales para dar de alta una empresa y acabaremos explicando los aspectos legales a tener en cuenta.

Principales pasos para crear una empresa desde cero

Podemos dividir los principales pasos a seguir para crear una empresa desde cero en las seis acciones básicas que describimos a continuación.

(I) Comenzar los trámites para la constitución de la sociedad

Una vez tengamos clara la idea y la viabilidad del negocio así como aquellos que van a formar parte del mismo desde un inicio, habrá que empezar con los trámites para la constitución de la sociedad.

El primer paso consistirá en determinar y elegir entre la personalidad física o la personalidad jurídica. En la primera categoría entran el empresario individual (autónomo) y sus asociaciones como la Comunidad de Bienes o la Sociedad Civil. Por su parte, en caso de optar por la personalidad jurídica, entre las más comunes nos encontraríamos con las siguientes sociedades mercantiles: la Sociedad Limitada, la Sociedad Anónima y la Sociedad Cooperativa.

A continuación, y por ser la forma jurídica más empleada en España, vamos a enfocar el artículo en la creación de las sociedades mercantiles; más concretamente en la Sociedades de Responsabilidad Limitada o más conocidas como Sociedades Limitadas.

Solicitar el certificado con la denominación social

El siguiente paso a tener en cuenta, una vez elegida la forma jurídica, será la de solicitar al Registro Mercantil Central el certificado con la denominación social que se le pretende otorgar a la nueva sociedad.

En esta solicitud deberá constar, en orden de preferencia, hasta cinco denominaciones sociales; y como solicitante de las denominaciones sociales, deberá aparecer uno de los que van a ser socios de la sociedad que se va a constituir.

Confeccionar los estatutos sociales

Habiendo obtenido por parte del Registro Mercantil Central la certificación negativa de denominación social, habrá de confeccionarse los estatutos sociales. Los estatutos sociales son las normas que van a regular el funcionamiento interno de la sociedad, desde los derechos y obligaciones de los socios hasta las funciones del miembros del órgano de administración.

Entre la información de la sociedad que debe contener los distintos artículos de los estatutos sociales, se encuentran entre otros:

  1. La denominación social.
  2. El objeto social
  3. El capital social.
  4. El domicilio social.
  5. La forma en la que se podrá organizar la administración
  6. La fecha de cierre.

Apertura de la cuenta bancaria de la sociedad

El borrador de los estatutos sociales y la certificación negativa con la reserva de la denominación social, serán los documentos necesarios que habrá de presentarse en la entidad bancaria en donde se quiera efectuar la apertura de la cuenta bancaria de la sociedad.

En este paso, los socios deberán de efectuar, en caso de que vayan a constituir la sociedad con aportaciones dinerarias, las transferencias a la cuenta de la sociedad.

Cabe hacer mención que en este paso será muy importante que aquellos que van a ser socios de la sociedad que se constituye, efectúen las transferencias a la cuenta de la sociedad desde una cuenta de la que sean titulares y como concepto de esa transferencia conste que se efectúa para la constitución de una sociedad.

Firma de constitución de la sociedad

Una vez efectuada la apertura de la cuenta bancaria y realizadas las aportaciones de los socios, estos podrán asistir a notaría a la firma de constitución de la sociedad y elevación a público de la misma.

Para la elevación a público de la escritura de constitución, será necesario presentar ante notario para que se incluya en la escritura:

  1. Los estatutos sociales.
  2. El certificado bancario con la acreditación de las aportaciones dinerarias, o bien, en caso de activos aportados a la sociedad se tienen que fundamentar con los respectivos certificados bancarios o títulos de propiedad
  3. La certificación negativa de la reserva de la denominación social.

Presentación de la escritura de constitución

Por último, habrá de presentarse en el Registro Mercantil de donde se hubiera establecido el domicilio social de la sociedad, la escritura de constitución. Para que así, de este modo, conste su inscripción en el B.O.R.M.E.

Trámites fiscales y laborales para dar de alta una empresa

Una vez constituida la sociedad, hace falta solicitar a Hacienda el Número de Identificación Fiscal (NIF). Se obtiene primero un NIF provisional y más adelante la Agencia Tributaria notificará que se ha otorgado el número definitivo.

De la misma forma que el empresario individual o el profesional, para poder facturar, las empresas tienen que darse de alta en Hacienda, en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y en la declaración censal del Impuesto del Valor Añadido (IVA).

Por su parte, en la sociedad también deberá cumplir con una serie de exigencias en el ámbito de la seguridad social. Lo más habitual es que la empresa vaya a tener empleados y, por lo tanto, es necesario registrar la empresa en la Seguridad Social y afiliar a los trabajadores. Por ello, también hace falta comunicar la apertura del centro de trabajo a la consejería de empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Asimismo, es necesario obtener y legalizar el libro de visitas y el calendario laboral en la inspección provincial de Trabajo.

Aspectos legales a tener en cuenta

Una vez constituida y registrada la sociedad habría que tener en cuenta otros aspectos legales que podría resultar interesante regular para una mayor seguridad jurídica.

A continuación detallamos algunos de ellos.

El más conocido es el pacto de socios que, aunque no es obligatorio, es muy importante hacerlo. Este regula las relaciones internas entre los socios para garantizar la resolución de conflictos que puedan poner en riesgo la continuidad del negocio. Este es un tema complejo cuando existen varios socios, ya que todos deben ponerse de acuerdo; por lo que es recomendable contar con la ayuda de profesionales expertos en la redacción de pactos de socios.

Registro de marcas y patentes. Muy importante si deseas registrar la marca de tu empresa, un logotipo o un invento único. De esta forma, tu idea quedará blindada ante probables plagios o suplantaciones y tendrás un soporte jurídico en el que apoyarte ante posibles problemas legales.

Legalidad en Internet. Si tienes una web, sea para lo que sea, debes cumplir con unas determinadas normas jurídicas: la Ley de Cookies, el Aviso Legal y la Política de Privacidad. Además, si realizas comercio electrónico, debes redactar los Términos y Condiciones, así como cumplir con la normativa vigente en materia de comercio electrónico. Existen altas sanciones si no se cumple dicha normativa.

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Desde LETSLAW prestamos asesoramiento legal personalizado en relación con cualquier necesidad para la constitución de sociedades mercantiles.

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