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Protección de las personas menores de edad en los entornos digitales

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Protección de las personas menores de edad en los entornos digitales

Protección de las personas menores de edad en los entornos digitales

El desarrollo tecnológico y la digitalización están teniendo un impacto significativo en el desarrollo personal y social de los menores, permitiéndoles ejercer sus derechos de información y libertad de expresión y participar política, social y culturalmente en el ámbito local, nacional o internacional. Sin embargo, dicho impacto conlleva riesgos, como la exposición a contenidos dañinos, discriminatorios o falsos, y una necesidad de regular estos aspectos de alguna manera.

En respuesta a esta necesidad creciente, el pasado 4 de junio de 2024 el Gobierno aprobó un Anteproyecto de Ley Orgánica destinado a la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales

Antecedentes de la ley

El anteproyecto destaca la necesidad urgente de proteger a la infancia y adolescencia en entornos digitales, promoviendo un desarrollo integral y evitando riesgos identificados como ciberacoso, exposición a contenidos nocivos y problemas de salud derivados de un uso inadecuado de tecnología. Asimismo, enfatiza la formación digital y la participación activa de los jóvenes en el diseño de políticas públicas, impulsando una regulación que proteja y promueva sus derechos en línea.

La ley recoge disposiciones generales que buscan garantizar la igualdad y el respeto de los derechos de niños y adolescentes en entornos digitales. Su objetivo primordial es la formación de entornos seguros, protegiendo derechos como la intimidad y la propia imagen, y fomentando un uso responsable de las tecnologías. Además, impone nuevas obligaciones a fabricantes de dispositivos para incluir controles parentales y prohíbe el acceso de menores a mecanismos aleatorios de recompensa, salvo excepciones detalladas. 

Esta normativa también modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para proteger a los menores como consumidores vulnerables frente a bienes y servicios digitales que puedan causar problemas de salud física, psicológica y emocional en menores, además de dificultar su interacción social y desarrollo cognitivo. El acceso a contenido inapropiado puede generar daños psicológicos, desinformación, conductas peligrosas, problemas de salud física, inclusión en grupos extremistas, adicciones y pérdidas económicas. 

Regulación para proteger a los menores de edad

El anteproyecto de ley eleva la edad mínima para que los menores puedan acceder y registrarse en redes sociales de 14 a 16 años, alineándose con el artículo 8 del RGPD. Esto busca salvaguardar el desarrollo emocional y cognitivo de los menores, acercando la legislación española a la de otros estados miembros de la Unión Europea. 

Asimismo, se establece también que los proveedores de contenidos y plataformas digitales deben implementar mecanismos que permitan a los padres supervisar y limitar el tiempo de uso y acceso a contenidos digitales. Estas herramientas deben ser gratuitas y estar disponibles en la configuración inicial del dispositivo. Se promueven a su vez recursos y herramientas para ayudar a los padres y tutores en la supervisión y educación de los menores en entornos digitales, otorgando a los centros educativos la potestad de regular el uso de dispositivos móviles. 

En el ámbito sanitario, se incluyen en base a este texto legal revisiones adicionales para detectar el uso problemático de tecnologías y los posibles impactos en la salud física, psíquica y emocional de los menores. Los protocolos de prevención de trastornos adictivos se actualizarán para abarcar las adicciones relacionadas con los medios digitales. Además, se realizarán estudios específicos sobre el uso de tecnologías, desglosados por sexo y edad, y se crearán guías para promover la salud en el uso de este tipo de dispositivos. 

El anteproyecto incluye la pena de «alejamiento de los entornos virtuales» para los agresores condenados por delitos cometidos en entornos digitales, modificando varios artículos del Código Penal, prohibiéndoles acceder y comunicarse a través de redes sociales y otras plataformas digitales. Se introduce el artículo 173 bis en el Código Penal, que impone penas de prisión a quienes difundan imágenes o audios manipulados mediante inteligencia artificial sin el consentimiento de la persona afectada, con la intención de dañar su integridad moral. Las penas se agravan si el material se difunde a través de medios de comunicación social o internet.

Soluciones para la protección de los menores de edad en las redes sociales

Para proteger a los menores en redes sociales, el anteproyecto sugiere varias soluciones específicas. Primero, eleva la edad mínima para registrarse a 16 años, alineándose con la normativa europea y garantizando un entorno más seguro para los adolescentes. Se exige a las plataformas implementar verificadores de edad efectivos y moderar contenidos para evitar la exposición a materiales inapropiados.

Además, se obliga a las empresas tecnológicas a insertar herramientas de control parental que permitan a los padres supervisar y limitar su uso, estableciendo restricciones por defecto durante la configuración inicial de los dispositivos. También se fomentará la educación digital, capacitando a padres, tutores y menores sobre el uso seguro de las redes sociales y los riesgos asociados.

Cabe destacar que se incluyen penas específicas para aquellos que cometan delitos en redes sociales, como la difusión de deepfakes y el uso de identidades falsas para grooming. Estas medidas buscan no solo sancionar a los infractores, sino también disuadir conductas delictivas en el entorno digital.

En definitiva, el Anteproyecto de Ley Orgánica busca proteger a los menores en entornos digitales mediante la elevación de la edad mínima para acceder a redes sociales, la implementación de controles parentales y la imposición de sanciones por delitos digitales. Además, se promueve la educación digital y la cooperación internacional para garantizar un entorno seguro y saludable para los menores.

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