Whitepaper: qué es y qué debe contener
En el artículo de hoy, vamos a ahondar en qué es y qué debe contener el llamado Whitepaper. Para centrarnos en el Libro Blanco, más comúnmente conocido como Whitepaper por los usuarios y conocedores de criptoactivos, tendremos en cuenta el análisis del nuevo Reglamento sobre los Mercados de Criptoactivos (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023.
Especialmente en lo relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 1095/2010 y las Directivas 2013/36/UE y (UE) 2019/1937, (en adelante “MiCA”), nos centraremos en el Libro Blanco, más comúnmente conocido como Whitepaper por los usuarios y conocedores de criptoactivos.
Hasta la fecha el llamado Whitepaper, no era obligatorio para todos los criptoactivos existentes, tras la entrada en vigor de MiCA este panorama cambia, siendo necesario para todos aquellos tokens amparados bajo el paraguas regulatorio de MiCA, incluso para aquellos criptoactivos que no necesitan autorización previa de la CNMV para poder ser emitidos.
En este sentido, el Reglamento excluye de esta obligación a todos aquellos tokens que fueron emitidos con anterioridad a la aprobación de MiCA.
¿Qué es el Whitepaper?
¿A qué nos referimos con Whitepaper? Cuando hablamos de Whitepaper de modo generalista nos referimos a un documento que suele ser técnico y que explica en detalle y profundidad un tema complejo.
Fuera del ámbito cripto, éste hace referencia a un documento único y técnico que suele centrarse en desarrollar en profundidad un tema complejo, exponiendo tanto la investigación sobre una materia como la solución específica al problema propuesto en dicha materia.
Cuando hablamos de Whitepaper en el ámbito cripto, sin embargo, nos referimos al documento que incluye información técnica y precisa del token a emitir, así como del equipo que lo desarrolla y la finalidad que este busca.
MiCA ha ido un paso más allá, detallando en todo momento de qué tiene que componerse o qué ha de incluir dicho Whitepaper para contar con suficiente información sobre cada token que se emita, de forma que sirva de garantía o información a futuros inversores de dicho token.
¿Qué debe contener un Whitepaper?
Así pues, el Reglamento MiCA dedica el artículo 5 del Título II a describir el contenido y la forma que dicho libro ha de contener, en este sentido vamos a continuación vamos a desgranar los los aspectos esenciales que deben ser incluidos en el libro blanco:
- Descripción del emisor y participantes clave: El Whitepaper debe proporcionar una descripción pormenorizada del emisor del criptoactivo, es decir, la entidad responsable de lanzar y administrar el proyecto.
Además, se debe presentar a los principales participantes involucrados en el diseño y desarrollo del proyecto, lo que permite evaluar su experiencia y credibilidad.
- Detalles del proyecto y tipo de criptoactivo: Se requiere una descripción completa del proyecto del emisor, incluyendo el tipo de criptoactivo que se ofrecerá al público o cuya admisión a negociación se solicita.
También se deben explicar los motivos detrás de la oferta pública o solicitud de admisión a negociación, y cómo se utilizarán los fondos obtenidos a través de la oferta pública en moneda fiduciaria o en otros criptoactivos.
- Características de la oferta pública: El libro blanco debe proporcionar información detallada sobre las características de la oferta pública, como el número de criptoactivos que se emitirán o solicitarán para su negociación, el precio de emisión de los criptoactivos y las condiciones de suscripción.
Estos detalles son fundamentales para que los inversores comprendan las condiciones y el alcance de la inversión.
- Derechos y obligaciones asociados a los criptoactivos: Es importante que el Whitepaper describa en detalle los derechos y obligaciones que los inversores tendrán al adquirir los criptoactivos.
Además, se deben explicar los procedimientos y condiciones para ejercer dichos derechos. Esta información garantizará que los inversores comprendan plenamente los beneficios y las responsabilidades que conlleva su inversión.
- Tecnología subyacente y estándares aplicados: Dado que las criptomonedas y los activos digitales se basan en tecnología blockchain, el Whitepaper debe proporcionar información sobre la tecnología subyacente utilizada en el proyecto.
Asimismo, se deben mencionar los estándares aplicados por el emisor en cuanto al mantenimiento, almacenamiento y transferencia de los criptoactivos. Esto brindará una visión clara de la seguridad y la eficiencia del proyecto.
- Riesgos asociados: El Whitepaper también debe abordar los riesgos asociados tanto al emisor de los criptoactivos como a los propios criptoactivos. Esto incluye los riesgos financieros, tecnológicos, regulatorios y de mercado.
Es esencial que los inversores estén plenamente informados sobre los posibles riesgos antes de tomar una decisión de inversión en un token específico.
Además, el mismo artículo continúa estableciendo que toda la información antes mencionada deberá aparecer de forma imparcial, clara y libre de engaños. Debiendo presentarse de forma concisa y comprensible para todos los lectores.
De igual manera, el emisor deberá añadir el un disclaimer, en el que manifieste que es responsable del contenido del Whitepaper, y que el mismo no ha sido revisado ni aprobado por ninguna autoridad competente de la Unión Europea.
Por otro lado, no deberá contener afirmaciones sobre el valor futuro de los criptoactivos, a menos que el emisor pueda garantizar dicho valor, de cara a evitar la generación de expectativas infundadas en los inversores y promoviendo una visión más realista y objetiva de los riesgos y oportunidades asociados.
A modo de resumen, toda la información que debe contener el Whitepaper está fundamentalmente orientada a garantizar la transparencia y protección de los inversores y consumidores de los tokens y buscan proporcionar una información clara y objetiva.
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Senior Lawyer IP/IT
María José cuenta con experiencia profesional en Derecho de las Nuevas Tecnologías, en Derecho de Contratos Comerciales, Regulatorio y Compliance.