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La comisión aprueba la PNL para el derecho al olvido

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La comisión aprueba la PNL para el derecho al olvido

La comisión aprueba la PNL para el derecho al olvido

El derecho al olvido oncológico dota de gran importancia en nuestra sociedad, ya que implica que aquellas personas que han padecido y superado un cáncer tengan derecho a no ser discriminados en este sentido, y se evite que ese hecho pueda suponer su exclusión en cualquier ámbito de la vida por discriminación. 

¿Qué es la PNL y cuál es su importancia?

En concreto, la PLN implica que las personas que hayan superado un cáncer no deban justificar su historial médico en determinados aspectos de su vida cotidiana, como pueden ser la solicitud de un seguro, un préstamo o un crédito, y, por consiguiente, no se vean condicionados por el hecho de haber sobrevivido a tal enfermedad. 

En este sentido, de un informe de la Fundación Josep Carreras, “Jóvenes y leucemia”, en el que participaron 400 pacientes que han padecido cáncer, se desprende que un 47% encontró impedimentos para solicitar un préstamo, el 70% se vio dificultado para pedir un seguro de decesos, y el 83% fue discriminado a la hora de contratar un seguro de vida. 

A fin de mitigar este tipo de situaciones, se aprueba la PLN, para que las personas supervivientes no se vuelvan a ver discriminadas a la hora de contratar productos de carácter financiero y asegurador.  

Los antecedentes y el contexto de la aprobación de la PNL para el derecho al olvido

Si bien es cierto que el legislador español protege a las personas con VIH de la discriminación en el acceso a puestos de trabajo o servicios financieros, a través de la Ley 4/2018 Ley 4/2018, de 11 de junio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, señalando que “no se podrá discriminar a las personas que tengan VIH/SIDA u otras condiciones de salud”, aún no existía ninguna normativa que protegiese a los pacientes de cáncer. 

Sin embargo, oncólogos, asociaciones de pacientes y entidades de lucha contra el cáncer, entre otros, fueron grandes implicados a la hora de reclamar una legislación que protegiese este derecho en España. Así, la Unión Europa instó en octubre de 2022 a los países del miembro a regularlo antes de 2025.

Esta medida fue reclamada de la misma forma por decisores políticos y profesionales sanitarios en la jornada «European Beating Cancer Plan: Implementation in the Member States», organizada por la Fundación ECO para la Excelencia y Calidad en la Oncología, con la colaboración del Grupo Popular Europeo en el Parlamento Europeo instaron al presidente del Gobierno la necesidad de que el cáncer fuese una prioridad durante la presidencia española del Consejo de la UE, que comienza el próximo 1 de julio. 

Por estos motivos, en marzo de 2023 ha sido aprobada la PLN, instando al ejecutivo a desarrollar “la normativa necesaria para determinar la aplicación de los principios recogidos en la Ley 4/2018, de 11 de junio, para otras patologías o grupos de patologías, como el cáncer, a las que pueda considerarse los mismos efectos excluyentes en las relaciones jurídicas”.

Cómo actúan las empresas y las instituciones en la aplicación del derecho al olvido

La citada proposición, aprobada con el apoyo de varios partidos remite al Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer, proponiendo medidas tales como la aprobación de una Directiva contra la discriminación o la aplicación justa e igualitaria de las Directivas sobre servicios financieros, con la finalidad de eludir cualquier discriminación contra pacientes o supervivientes de cáncer. 

Desde Sanidad se está trabajando para que el derecho al olvido oncológico sea incluido en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, para que la protección se extienda a pacientes oncológicos de la misma manera de la que se hizo con el VIH y el sida. 

En definitiva, esta nueva medida legislativa tendrá como propósito que las empresas elaboren un código de conducta que garantice que la evolución de los tratamientos de servicios financieros, y ello para que los supervivientes de cáncer puedan disfrutar del derecho al olvido oncológico. 

¿Cómo funciona en la Unión Europea?

En Europa, España, Islandia y Malta, son entre otros, los países que no tienen una regulación específica que blinde el acceso a productos financieros de la población que padece o ha padecido cáncer. 

De hecho, el primer país en adoptar esta garantía legal fue Francia en el año 2016, y fue en 2019 cuando Bélgica decidió seguir el mismo camino, aunque se reguló que sería únicamente después de diez años sin recaída del paciente. Luxemburgo, por su parte, lo adoptó en el 2020 para pacientes menores de dieciocho años sin recaídas después de cinco años de la remisión completa, y los Países Bajos lo adoptaron en el mismo año promoviendo las garantías en el olvido oncológico tras 10 años de la remisión libre de recaídas.

Por este motivo, la Unión Europea insiste, a través del Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer que, a más tardar en el año 2025, todos los Estados miembros garanticen el derecho al olvido oncológico a aquellos pacientes europeos, diez años después del final de su tratamiento, y en todo caso, cinco años después de que termine el tratamiento de aquellos pacientes diagnosticados de tal enfermedad antes de los dieciocho años.  

De esta manera queda recogido en el punto IV, señalando que “las aseguradoras y los bancos no deben tener en cuenta el historial médico de las personas afectadas por el cáncer» solicitando que «las legislaciones nacionales garanticen que los supervivientes de cáncer no sean discriminados en comparación con otros consumidores«.

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