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Informe de problemas legales y políticos sobre IA y derechos de autor

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Informe de problemas legales y políticos sobre IA y derechos de autor

Informe de problemas legales y políticos sobre IA y derechos de autor

La Oficina de Derechos de Autor de EE.UU. ha publicado la segunda parte de su informe sobre los problemas legales y políticos relacionados con los derechos de autor y el uso de la inteligencia artificial (IA).

Tras la publicación en julio de 2024 de la Parte 1 del informe “Derecho de autor e inteligencia artificial”, el pasado enero la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos (U.S Copyright Office) finalmente ha publicado la Parte 2, titulada “Protección por derecho de autor”, donde se aborda la protección en materia de propiedad intelectual de las creaciones por inteligencia artificial (IA). 

Postura de la Oficina de Derechos de Autor estadounidense

La U.S. Copyright Office ha concluido en el informe que los problemas de copyright relacionados con la IA pueden resolverse con la legislación vigente sin necesidad de cambios legislativos, lo cual es una propuesta alejada de la opinión europea que ha elaborado el Reglamento de Inteligencia Artificial.

Por un lado, la U.S. Copyright Office considera que, si bien la IA puede ser utilizada como herramienta en el proceso creativo, el derecho de autor solo protege la expresión humana, es decir, el contenido generado por humanos, no el creado íntegramente por IA. Es decir, considera que las obras creadas únicamente por máquinas no pueden tener derechos de ninguna pieza creativa

No obstante, el informe matiza que, en caso de que se demuestre que una persona intervino en la elaboración de las obras se le reconocerá su autoría. Es decir, un ser humano que adapte un resultado generado por IA con arreglos o modificaciones creativas podría hacer que caiga bajo la protección de los derechos de autor. La oficina sostiene que, en su estado actual, los comandos o instrucciones que un usuario da a un sistema de IA (conocidos como prompts) generalmente no son suficientes para calificar al usuario como autor de la obra generada.

En este sentido, la oficina declara en el informe que no existe base suficiente para otorgar derechos de autor específicos o una nueva categoría de protección (sui generis) para el contenido creado por IA.

En conclusión, la oficina continuará evaluando si en el futuro es necesario hacer ajustes a la política de derechos de autor respecto a la IA con el desarrollo de la tecnología y la legislación aplicable.

Retos en la regulación del copyright y la inteligencia artificial

El informe identifica varios retos clave en la regulación del copyright y la IA. Estos retos surgen en su mayoría de la creciente notificación de la IA generativa y su impacto en la creación de contenido protegidos. Entre los principales retos se incluyen los siguientes:

  1. En primer lugar, la determinación de la autoría y el grado de contribución humana. Es un problema principal definir en qué casos una obra generada con IA tiene suficiente contribución humana para ser protegida por derechos de autor, puesto que, como se exige la autoría humana para que una obra sea protegida por derechos de autor, el uso de estas herramientas puede influir en la protección de la obra. Por tanto, será crucial analizar caso por caso para determinar cuándo la intervención humana es lo suficientemente significativa para ser considerada autoría.
  2. En segundo lugar, la dificultad en la previsibilidad de la IA (black box problem). Muchos modelos de IA generan resultados de manera impredecible, incluso con los mismos comandos (prompts), lo que dificulta establecer la intención del usuario y su control sobre el resultado. Por tanto, el informe concluye con que la falta de transparencia en cómo los modelos de IA producen resultados complica la atribución de derechos de autor.
  3. En tercer lugar, la protección de los prompts y su relación con la creatividad. La oficina concluye en el informe que, aunque algunos prompts pueden ser creativos y protegibles, en la mayoría de los casos no son suficientes para otorgar derechos de autor sobre la obra generada. Por tanto, la regulación debe definir mejor el rol del usuario como «co-creador», o si simplemente está dando instrucciones a una máquina sin un grado de control creativo suficiente.
  4. En cuarto lugar, el impacto en la industria creativa y los incentivos para creadores. A la oficina le preocupa la proliferación de contenido generado por IA y su posible impacto en el mercado de obras originales creadas por humanos, pudiendo esto desalentar la creatividad humana.
  5. En quinto lugar, el tratamiento internacional y armonización legal de este asunto. Existen diferentes enfoques sobre la IA y los derechos de autor, por lo que esto plantea desafíos en la armonización de las leyes de propiedad intelectual a nivel global.

Por tanto, el informe reconoce que la IA plantea desafíos sin precedentes en la regulación de los derechos de autor, ya que el avance de la tecnología podría requerir ajustes legales y una mayor claridad en la aplicación de las normas. Por ejemplo, aún quedan por definir aspectos cruciales, como, por ejemplo, a quién se le adjudica la autoría de una obra que ha sido creada con ayuda de una herramienta de IA, si al creador del programa o a la persona que dirigió a la máquina con órdenes o prompts

Perspectiva legal de la auditoría y el uso de IA

Desde la perspectiva del informe, la auditoría de IA se enfrenta a desafíos relacionados con transparencia, trazabilidad y autoría. Se necesitan criterios claros para evaluar la intervención humana en sistemas de IA y verificar la legalidad del uso de datos y contenido generado. A medida que las regulaciones evolucionan, la auditoría de IA deberá adaptarse para garantizar el cumplimiento legal y la equidad en el uso de estas tecnologías

Para ello, resulta crucial auditar y evaluar el grado de intervención humana en el contenido generado por IA, de manera que se puedan establecer criterios estandarizados para evaluar la contribución humana en la creación asistida por IA. Por otro lado, es importante verificar de dónde provienen los datos de entrenamiento de un modelo y si estos cumplen con las regulaciones de derechos de autor y privacidad, lo cual es especialmente relevante en la transparencia algorítmica y las regulaciones de IA en desarrollo, como es el caso del Reglamento de IA de la Unión Europea.

Para analizar todas estas cuestiones, será vital establecer mecanismos de registro que permitan reconstruir cómo una IA llegó a una determinada conclusión o generó un contenido específico, por lo que podría ser necesario implementar estándares de trazabilidad. 

El caso de Invoke y su significado jurídico

Este informe ha sido de vital importancia para analizar lo ocurrido con Invoke, la plataforma que el pasado enero consiguió que la oficina le otorgara la autoría del diseño “A single piece of American cheese”, una obra visual generada por Kent Keirsey con IA mediante la técnica “inpainting”. 

Esta resolución marca un precedente en la protección de obras creadas con asistencia de IA, indicando que una contribución humana sustancial en el proceso creativo puede ser suficiente para obtener derechos de autor.

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