logo

Claves del Reglamento de IA

LetsLaw / Derecho Digital  / Claves del Reglamento de IA
Claves del Reglamento de IA

Claves del Reglamento de IA

El Reglamento de IA es la prueba de que en la era de las innovaciones tecnológicas, la Inteligencia Artificial (IA) ha dejado de ser solo un concepto futurista para convertirse en una presencia arraigada en nuestra vida cotidiana.

Aunque la popularidad de herramientas como ChatGPT o Bard ha acelerado su integración en nuestras conversaciones diarias, la IA ha estado desempeñando un papel fundamental en diversas aplicaciones mucho antes de convertirse en tendencia. Desde asistentes virtuales y diagnósticos médicos hasta traducciones automáticas y sistemas de navegación, la IA ha demostrado su versatilidad y eficacia en una variedad de campos.

Sin embargo, a pesar de su presencia omnipresente en nuestras vidas, es sorprendente que, hasta ahora, carecíamos de un marco regulatorio específico para guiar el desarrollo y la implementación ética de la IA. Este vacío reglamentario ha llevado a un crecimiento exponencial de la tecnología sin las directrices necesarias para salvaguardar nuestros valores fundamentales y abordar las preocupaciones éticas y sociales que rodean a la IA.

Reglamento de IA: claves principales

En este contexto, emerge un hito crucial: la llegada de un reglamento de IA, dedicado exclusivamente a regular la Inteligencia Artificial, marcando un cambio significativo en la forma en que abordamos y gestionamos esta tecnología en constante evolución.

La Unión Europea, a la vanguardia del compromiso con la regulación de esta tecnología, ya publicó el Libro Blanco de la IA en 2020 donde ya se instaba a la urgencia de afrontar los retos de complejidad, imprevisibilidad y comportamiento autónomo de ciertos sistemas de Inteligencia Artificial.

Ahora, se ha procedido a dar el paso publicando la Propuesta del Reglamento sobre Inteligencia Artificial por el que se establecen normas armonizadas en materia de Inteligencia Artificial (‘’Ley de Inteligencia Artificial’’).

Esta propuesta de Reglamento de IA, será de aplicación a proveedores que comercialicen o pongan en servicio sistemas de IA en territorio de la Unión, con independencia de si están establecidos en la UE o en un país tercero, a los usuarios de IA que se encuentren en la Unión Europea, así como a proveedores y usuarios que se encuentren en un país tercero cuando la información generada sea utilizada en territorio de la UE.

Además, introduce una definición de Inteligencia Artificial que aspira a resistir al paso del tiempo y a los veloces cambios tecnológicos, definiéndola como ‘’el software que se desarrolla empleando una o varias de las técnicas y estrategias que figuran en el anexo I (del propio Reglamento) y que puede, para un conjunto determinado de objetivos definidos por seres humanos, generar información de salida como contenidos, predicciones, recomendaciones o decisiones que influyan en los entornos con los que interactúa.’’

La primeras pruebas del Reglamento de IA en España marcará el comienzo de la implementación práctica de las disposiciones establecidas en el reglamento.

Objetivos del Reglamento de IA

  1. Protección de derechos fundamentales de los Usuarios: El proyecto de ley enfatiza la necesidad de proteger y respetar los principios de legalidad, transparencia y no discriminación. Se prohíbe expresamente el uso de IA para la vigilancia masiva, puntuación de comportamiento humano (‘social scoring’), entre otros, así como se requerirá la concurrencia de excepciones tasadas para el uso de sistemas de reconocimiento biométrico o facial en espacios públicos. Se requiere que los sistemas de IA sean transparentes y proporcionen una explicación clara de su funcionamiento a los usuarios finales, evitando la opacidad y permitiendo que las personas comprendan cómo se toman las decisiones basadas en la IA.
  2. Fomento de la innovación y la investigación ética: A pesar de las restricciones y obligaciones, el proyecto de ley también busca promover la innovación y la investigación en IA ética. Se establecerán medidas para facilitar el acceso a datos de alta calidad, se fomentará la colaboración entre instituciones académicas y se crearán programas de financiación para proyectos de IA ética.

Medidas del Reglamento de IA

La IA será regulada basándose en los riesgos potenciales, categorizándose en:

  • Permitidas, por comportar riesgos minimos. (Por ejemplo, VR o filtros)
  • Permitidas pero bajo requisitos de Transparencia por su riesgo de categoría limitado (Por ejemplo, Chatbots o Contenido generado por la IA).
  • Regulada por el alto riesgo que compone (Uso de IA en la toma de decisiones en procesos de examinación o candidaturas de trabajo, o concesiones de financiación)
  • Prohibida por su riesgo alto y categorizado como inaceptable (Social scoring o el reconocimiento facial en remoto).

Para la supervisión y aplicación del Reglamento de IA, se requerirá una estrecha colaboración entre la autoridad europea, el Comité Europeo de Inteligencia Artificial, y las autoridades de los Estados Miembros, encargadas de supervisar la implementación y cumplimiento de la normativa a nivel estatal.

Desde la perspectiva española, la supervisión nacional estará a cargo de la recién creada Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), que ostentará las facultades sancionadoras establecidas en este Reglamento.

Las infracciones de menor gravedad, como la presentación de información inexacta, incompleta o engañosa a las autoridades notificadoras, conllevarán sanciones cuyo importe podrá alcanzar los 10 millones de euros o equivalente al 2% del volumen de negocio anual mundial.

En el caso de infracciones más serias, se aplicarán sanciones administrativas de hasta 30 millones de euros o, en el caso de empresas infractoras, hasta el 6% del volumen de negocio total anual mundial.

En esencia, este reglamento tiene como objetivo establecer un marco regulatorio sólido y ético para el uso de la inteligencia artificial (IA) en la Unión Europea. Ha sido objeto de extensos debates y consultas para garantizar su coherencia con la normativa vigente en materia de protección de datos y consumidores. Además, se han realizado esfuerzos para equilibrar la regulación de manera que no obstaculice las oportunidades de innovación y crecimiento económico derivadas del desarrollo de la IA.

Aunque el Reglamento se aplicará dentro de la UE, es inevitable que tenga repercusiones más allá de sus fronteras, planteando la incógnita de si logrará influir en las prácticas y regulaciones de terceros países.

En Letslaw somos abogados especialistas en derecho digital y asesoramiento legal en materia de Inteligencia Artificial, por lo que estaremos encantados de asistirte en la adecuación de tu proyecto a los nuevos requisitos de normativa en materia de Inteligencia Artificial. ¡No dudes en contactarnos!

Contáctanos

    Al pulsar en "Enviar" aceptas nuestra Política de Privacidad - + Información, para tratar tus datos con la finalidad de tramitar las consultas que puedas plantearnos.

    Acepto recibir comunicaciones comerciales perfiladas por parte de LETSLAW, S.L. conforme a lo dispuesto en nuestra Política de Privacidad - + Información