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Errores legales en ecommerces

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Errores legales en ecommerces

Errores legales en ecommerces

En el siguiente post destacaremos los errores legales que habitualmente cometen ecommerces, plataformas, y/o sitios web, y que son muy fáciles de evitar si se cuenta con el asesoramiento adecuado.

En este sentido, desarrollaremos los aspectos esenciales que toda tienda online debe llevar a cabo antes de iniciar su negocio.

Especial mención merece la cantidad de sanciones que de manera sistemática son impuestas por los Organismos competentes a distintos sitios web por no cumplir con la normativa de aplicación a la hora de adaptar los textos legales. 

Estas sanciones oscilan entre 150 euros las más leves, y 1.000.000 euros las más graves (Artículo 49 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).

Protección del nombre de dominio y marca

El primer paso para comenzar un negocio es elegir un nombre identificativo y registrarlo ante la Oficina Española de Patentes y Marcas. Simultáneamente, se deberá llevar a cabo el registro de un nombre de dominio acorde con la marca registrada donde se ofrecerá al usuario los productos y servicios a través del sitio web.

En caso de no proceder con el registro de la marca o del dominio en el momento adecuado, se puede dar el caso de que éste ya este registrado por otro usuario.

Si nos encontramos ante esa situación, debemos intentar negociar la transferencia del dominio o marca por la vía amistosa. Si no fuera posible, se deberá valorar la posibilidad y viabilidad de iniciar acciones legales.

Por consiguiente, realizar estos tramites en una primera instancia evita muchos problemas a futuro.

Textos legales

La Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE) y la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de datos Personales y Garantía de los derechos digitales establece la obligación de que todos los eCommerces cuenten con unos textos legales claros y accesibles para todos los consumidores y/o usuarios.

En primer lugar, se requiere que las empresas y/o particulares, en su página web indiquen de una manera permanente información acerca de las mismas. Para ello, será preciso incluir los datos identificativos de la empresa, el nombre de la empresa, domicilio social, dirección de correo electrónico o su Número de Identificación Fiscal (NIF).

Asimismo, el sitio web en cuestión deberá contar con una política de privacidad, aviso legal y política de cookies correctamente implementadas y con información acorde a las obligaciones establecidas por la normativa.

Por otro lado, es común encontrar errores en los términos y condiciones de contratación. Este documento es el contrato que establece las condiciones y obligaciones entre los usuarios y el titular del eCommerce.

Dicho contrato debe reflejar aspectos como el precio de los artículos, el modo de envío y de pago de los productos, la política de devoluciones, las garantías, y en general, todos los aspectos del funcionamiento de las tiendas online (requisitos que no siempre se encuentran total o correctamente incluidos).

Es importante destacar que informar a los consumidores acerca de la política de devoluciones es imprescindible puesto que, en caso contrario, el plazo en el que el consumidor va a poder cambiar o devolver el producto sin justificación o gasto alguno, se amplía considerablemente, esto es de 14 días naturales a 12 meses desde que se recibió el producto.

Igualmente, el titular del sitio web debe asegurarse de que todos los usuarios aceptan de forma expresa el contenido de estos Términos y Condiciones antes de que contraten los servicios. Un método de asegurarse la aceptación de los Términos y Condiciones sería incluir un sistema opt-in (casilla no marcada por defecto) de aceptación que sea obligatorio marcar antes de contratar los servicios.

De acuerdo con lo anterior, operar teniendo en cuenta la legislación resulta de gran importancia para los ecommerce, no sólo por las elevadas sanciones a las que estas empresas se enfrentan por el incumplimiento de la normativa, sino porque lo contrario significa su total desamparo y desprotección a la hora de afrontar reclamaciones del usuario con respecto a las condiciones y límites de los servicios que ofrecen.

Contratos por vía electrónica

El prestador de servicios está obligado a confirmar la recepción de la aceptación del contrato mediante alguna de estas dos opciones:

  1. El envío de un acuse de recibo por correo electrónico en el plazo de 24 horas desde la recepción de la aceptación.
  2. Confirmación de la aceptación por un medio equivalente al utilizado en la contratación tan pronto como la otra parte aceptase y siempre y cuando dicha confirmación se pudiese archivar por el destinatario.

En relación al lugar de celebración de este tipo de contratos, se entenderá que el contrato se celebró:

  • En la residencia habitual del consumidor si una de las partes fuese consumidor.
  • En el lugar en el que esté establecido el prestador de servicios en el caso de que, ambas partes del contrato sean empresarios o profesionales.

Plataforma europea de resolución de conflictos online

Desde hace años, la Comisión Europea cuenta con una Plataforma ODR (Online Dispute Resolution) para la resolución extrajudicial de litigios on line entre consumidores y comerciantes, en relación con compras y contrataciones online.

Así, de forma sencilla, gratuita y totalmente electrónica, consumidores y empresas europeas pueden tratar de resolver sus conflictos de consumo, en un plazo general de 90 días en el que pueden negociar, adjuntar documentos y tratar de alcanzar un acuerdo a través de un organismo de resolución de litigios homologado (en España, por ejemplo, las juntas arbitrales de consumo de las Comunidades Autónomas o Autocontrol).

El Reglamento (UE) 524/2013 obliga a los comerciantes a ofrecer a los usuarios la posibilidad de acudir a esta plataforma europea, incluyendo el enlace correspondiente.

Omitirlo es otro incumplimiento muy común, que también puede provocar una sanción para el titular del sitio web.

Sanciones

Además de las indicadas anteriormente en relación con la Ley para la Defensa de los de Consumidores y Usuarios, los ecommerces se pueden enfrentar a sanciones impuestas de acuerdo con otras normativas. Según el apartado de Infracciones y Sanciones del Título VII de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico (LSSICE), las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, y pueden suponer una multa de entre los 600 y los 600 000 euros.

Una infracción leve puede ser, por ejemplo, no informar sobre el NIF o los códigos de conducta a los que está adherida una web. Por otra parte, no dejar claros los términos de concursos y promociones puede generar una multa de hasta 30 000 euros.

Por su parte, las infracciones de la Ley de protección de datos, recogidas en el artículo 83 del RGPD y concretadas en la LOPDGDD en los arts. 71 a 74, establecen las condiciones que determinan la imposición de sanciones administrativas y su cuantía máxima, establecida en función del artículo infringido:

  1. 10.000.000 de euros como máximo o el 2 % como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio anterior si es una empresa para las infracciones recogidas en el art. 83.4;
  2. 20.000.000 de euros como máximo o el 4 % como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio anterior si es una empresa para las infracciones de las disposiciones recogidas en el art. 83.5.

Todas estas sanciones se cuantifican económicamente atendiendo a cada caso individual y teniendo en cuenta lo recogido en el art. 83.2 del RGPD.

Por consiguiente, y en relación con lo anteriormente expuesto, consideramos esencial contar con un asesoramiento legal antes de iniciar tu negocio online.

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