Carta de derechos digitales
Es evidente que el desarrollo del mundo digital y su avance en los últimos años, afectan de lleno tanto a actividades sociales, económicas y culturales, y en especial en este pasado año como consecuencia de la emergencia sanitaria vivida. La mayor parte de estas actividades se lleva a cabo de manera digital, lo que hace conveniente la elaboración de documentos como la Carta de Derechos Digitales.
Objetivos de la Carta de derechos digitales
Los objetivos que han dado lugar a la elaboración de esta Carta son diversos, entre los que se encuentran:
- Objetivos descriptivos de los diferentes contestos y escenarios digitales que son susceptibles de generar conflictos entre bienes, valores y derechos.
- Objetivos prospectivos para así anticipar escenarios futuros que pueden predecirse.
- Objetivos prescriptivos al legitimar los diversos principios, técnicas y políticas que deben aplicarse a entornos digitales ya sean presentes o futuros.
Además, esta Carta de Derechos Digitales contribuye al cumplimiento de los objetivos contenidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) en concreto en su Título X. Ya se proclamaban diversos derechos como todos aquellos relacionados con la protección de datos, en las redes sociales o la protección de los menores de edad.
Principios éticos que los inspiran
Además de los objetivos que se han mencionado anteriormente, la carta de Derechos Digitales se basa en diferentes valores que, de forma conjunta, han inspirado los derechos que dan lugar a su contenido.
Los autores consideran que tales derechos deben formar parte de la legislación positiva, además de la práctica judicial e incluirse en las actuaciones de los poderes públicos pero pudiendo únicamente ser alegados ante la jurisdicción ordinaria teniendo en cuenta lo dispuesto en las leyes que los desarrollen.
Podemos diferenciar entre tales principios:
- Centralidad del ser humano.
- Universalidad de los derechos recogidos en la Carta.
- Preponderancia de los derechos fundamentales de las personas.
Contenido de la Carta de derechos digitales
El contenido de la Carta recoge 25 derechos agrupados en las siguientes 5 categorías:
- Derechos de libertad. Incluyendo entre otros, la protección de datos, el derecho a no ser localizado o perfilado, a la identidad en el entorno digital o el derecho a la seguridad o a la herencia digital.
- Derechos de igualdad. Como es la protección de los menores de edad, mayores así como personas con discapacidad.
- Derechos de participación y conformación del entorno digital. Incluyendo algunos como la libertad de expresión, de información, a la educación digital o a la neutralidad de internet.
- Derechos de entorno laboral y empresarial. Se desarrollan estos derechos en cada uno de estos ámbitos.
- Derechos digitales en entornos específicos. Se diferencias derechos como es el acceso a los datos con fines de investigación científica, innovación y desarrollo, a la libertad de creación y derecho de acceso a la cultura dentro del entorno digital, derechos también ante la Inteligencia artificial, o en el empleo de las neurotecnologías.
Dentro de este contenido, también se establecen varios mecanismos de tutela y garantía para así disponer de procedimientos que garanticen la efectividad y la defensa de estos derechos y se incluyen propuestas al respecto.
Son diversas las posturas planteadas que se han reunido en una sola. Se plantean varias opciones que no son excluyentes entre si como puede ser la autorregulación, o un sistema de garantías extrajudiciales. También se incluyen medidas de defensa jurisdiccional, lo cual puede suponer que se lleguen a introducir medidas y reformas procesales más específicas que tengan un carácter más ambicioso.
Actualmente, la Carta de Derechos Digitales se encuentra en fase de aprobación, por lo que desde Letslaw, como abogados especialistas en internet y derecho digital, seguiremos informando de las noticas y novedades que existan sobre este asunto.
Letslaw es una firma de abogados internacionales especializada en el derecho de los negocios.