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Obligaciones legales de accesibilidad web para personas con discapacidad: ¿cumple tu sitio web?

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Accesibilidad web para personas con discapacidad

Obligaciones legales de accesibilidad web para personas con discapacidad: ¿cumple tu sitio web?

La accesibilidad web se ha convertido en un aspecto de suma importancia en la actualidad, no solo desde una perspectiva ética y social, sino también en términos legales. Actualmente son diversas las normativas que regulan la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles, con el claro propósito de asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso equitativo a la información para todas las personas, incluyendo a aquellas con discapacidades o diversidades funcionales. 

Estas normativas buscan proporcionar una guía más precisa sobre cómo cumplir con los estándares de accesibilidad que afectan a empresas de diferentes sectores, cuyo ámbito les es de aplicación y, por ende, le aplican obligaciones relativas a la accesibilidad web, así como diferentes responsabilidades. Por tanto, estas empresas están sometidas a cumplir ciertas prácticas en materia de accesibilidad digital.

¿De dónde provienen estas obligaciones de mantener accesible tu página web?

En 2013 se publicó la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, cuyo objetivo buscaba garantizar la plena integración y participación de las personas con discapacidad en la sociedad española, garantizando así el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato para las personas con discapacidad, así como promover su autonomía personal, accesibilidad universal, acceso al empleo, inclusión en la comunidad y vida independiente y erradicar cualquier forma de discriminación. 

Además, esta ley establece un régimen de infracciones y sanciones para asegurar las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Este marco normativo busca garantizar la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, abarcando diversos sectores y siendo especialmente relevante aquel en el que se ponen bienes y servicios a disposición del público. 

Con el objetivo de optimizar el uso de estos productos y servicios por todas las personas, siendo estos accesibles de manera autónoma para todos los usuarios independientemente de sus capacidades, promoviendo la inclusión y la igualdad de oportunidades en la sociedad para, en definitiva, cumplir con los requisitos de accesibilidad universal, surge la necesidad de transponer diferentes directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios. 

Así, entra en vigor finalmente la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos (en adelante, la “Ley 11/2023”).

Entre estos servicios entra en especial relevancia la aplicación a los servicios de comercio electrónico, que esta ley define como aquellos servicios prestados a distancia a través de sitios web y servicios para dispositivos móviles, por medios electrónicos y a petición individual de un consumidor, con el objeto de celebrar un contrato con el consumidor.

¿Cuáles son los requisitos de accesibilidad universal que debe cumplir tu página web?

La Sección III de Anexo I establece los requisitos generales de accesibilidad para todos los servicios dentro del ámbito de aplicación de esta Ley 11/2023. Esta sección establece que, para optimizar su utilización por parte de personas con discapacidad, los servicios deben cumplir con lo siguiente:

  • Garantizar la accesibilidad de los productos utilizados para la prestación del servicio, de acuerdo con los requisitos de accesibilidad establecidos en la Sección I del Anexo I, que incluyen (i) proveer información por múltiples canales, (ii) asegurando la fácil comprensión y tipografía adecuada, (iii) diseñar interfaces y funcionalidades accesibles para personas con discapacidad, permitiendo percepción, manejo, comprensión y control efectivo del producto. 

 

  • Proporcionar información clara y accesible sobre el funcionamiento del servicio y su relación con los productos utilizados, destacando sus características de accesibilidad e interoperabilidad con dispositivos de apoyo. La información debe cumplir con los siguientes criterios: 
  1. Disponibilidad en más de un canal sensorial;
  2. Facilidad de comprensión y percepción;
  3. Formatos de texto adaptables;
  4. Tamaño de letra adecuado y contraste suficiente;
  5. Presentación alternativa del contenido; y 
  6. Que ofrezca información electrónica coherente y sólida para el servicio.

 

  • Garantizar la accesibilidad de sitios web, aplicaciones en línea y servicios móviles asegurando que, de manera coherente y adecuada, sean perceptibles, manejables, comprensibles y sólidos. 

 

  • Asegurar que los servicios de apoyo proporcionen información sobre la accesibilidad del servicio y su compatibilidad con tecnologías de apoyo a través de modos de comunicación accesibles, como puntos de contacto, centros de asistencia telefónica, asistencia técnica y servicios de formación. 

Estos requisitos buscan garantizar que los servicios sean accesibles para todas las personas y que la información relacionada con el servicio sea fácilmente comprensible y esté disponible en diferentes formatos para satisfacer diversas necesidades de los usuarios.

En el caso de aquellas páginas webs que pongan a disposición de los usuarios servicios de comercio electrónico, esta ley establece ciertas condiciones para garantizar la accesibilidad y facilidad de uso para todos los usuarios, de manera que se garantice una experiencia de compra online inclusiva y satisfactoria para todas las personas. Entre ellas:

  • Proveer información clara y accesible sobre productos y servicios en venta: el agente económico debe garantizar que esta información esté disponible, permitiendo a los consumidores con discapacidad tomar decisiones informadas y conocer la accesibilidad del sitio web.

 

  • Garantizar la accesibilidad de las funciones de identificación, seguridad y pago: deben ser diseñadas para ser perceptibles, funcionales, comprensibles y confiables, asegurando facilidad de uso, comprensión y funcionamiento fiable para todos los usuarios.

 

  • Facilitar métodos de identificación, firmas electrónicas y servicios de pago accesibles: deben ser perceptibles, funcionales, comprensibles y confiables, permitiendo a los usuarios utilizarlos fácilmente, entender su funcionamiento y confiar en su seguridad y fiabilidad.

¿Qué obligaciones se aplican como prestador de servicios?

Para estos prestadores de servicios, la Ley 11/2023 establece una serie de obligaciones que deben cumplir sus sitios web. Entre ellas:

  1. Los prestadores deben diseñar y ofrecer servicios de acuerdo con los requisitos de accesibilidad establecidos.
  2. Deben incluir información en las condiciones generales que evalúe cómo el servicio cumple con los requisitos de accesibilidad, describiendo los aspectos pertinentes del diseño y funcionamiento del servicio.
  3. Pueden usar normas armonizadas y especificaciones técnicas publicadas para cumplir con los requisitos de accesibilidad.
  4. La información sobre accesibilidad debe estar disponible para el público en formatos escritos, orales y accesibles para personas con discapacidad, manteniéndola actualizada mientras el servicio esté en funcionamiento.
  5. Deben establecer procedimientos para garantizar que la prestación del servicio siga siendo conforme con los requisitos de accesibilidad, considerando cambios en el servicio y en las normativas aplicables.
  6. Asimismo, deben proporcionar información que demuestre que el proceso de prestación del servicio garantiza la conformidad con los requisitos de accesibilidad.
  7. En caso de incumplimiento, deben tomar medidas correctivas y notificar a las autoridades pertinentes.
  8. Deben cooperar con las autoridades competentes proporcionando la información necesaria para demostrar la conformidad del servicio con los requisitos de accesibilidad.

¿Cuál es el escenario de los próximos años?

En 2023 se publicó una norma relevante que no entrará en vigor hasta el año 2029: el Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.

Pese a que entró en vigor en marzo de 2023, las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación no serán exigibles hasta el 1 de enero de 2029. Lo dispuesto en este Real Decreto se aplica a las relaciones entre personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan por objeto la provisión de bienes o el suministro o la prestación de servicios disponibles para el público.

Se definen como a disposición del público los bienes y servicios, ofrecidos fuera del ámbito de la vida privada y familiar, que se encuentran en situación de ser adquiridos, contratados, consumidos o usados por la ciudadanía, al ofrecerse con carácter genérico y estar en principio al alcance de cualquier persona, a cambio o no de remuneración, y que suelen constituir el objeto de las transacciones propias del tráfico ordinario de un mercado abierto.

La principal diferencia respecto a las ya obligaciones que impone la Ley 11/2023 es la de cumplir con los requisitos de prioridad y accesibilidad A y AA de la Norma UNE 139803, que destacan:

Criterios de accesibilidad web

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Una vez cumplidos estos requisitos, la empresa deberá realizar una declaración de conformidad con respecto a esta Norma e incluir lo dispuesto en las normas WCAG 2.0  -Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG, del inglés Web Content Accessibility Guidelines)-, que incluye fecha de la declaración, referencia completa a WCAG (título, versión y dirección URL), nivel de conformidad alcanzado, descripción de las páginas para las que se declara conformidad y una lista de las tecnologías de las que se depende. Además, WCAG 2.0 recoge otros elementos opcionales que conviene que aparezcan en una declaración de conformidad.  

En este sentido, se recomienda una adaptación progresiva a la Norma UNE mencionada anteriormente. Esta medida garantizará que, cuando llegue el momento en 2029, la transición hacia el cumplimiento total de los estándares de accesibilidad sea más sencilla y fluida para tu empresa. Adaptarse de manera proactiva a estas regulaciones no solo contribuirá a mejorar la experiencia de usuario para todos, sino que también ayudará a la empresa a cumplir con los estándares legales y éticos en materia de accesibilidad digital.

En Letslaw estamos aquí para ofrecer nuestra experiencia y apoyo en este proceso, asegurando el cumplimiento normativo y la protección de los derechos de todas las personas.

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