¿Qué cambia con las nuevas directrices de la EUIPO?
El escenario de la propiedad intelectual en Europa es un entorno dinámico que requiere adaptación constante. La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (en adelante, la «EUIPO») mantiene actualizadas sus normativas para responder a los rápidos avances del mercado, la tecnología y la jurisprudencia. Debemos tener en cuenta que estas actualizaciones no son meros trámites burocráticos, sino que establecen cómo las empresas, tanto grandes multinacionales como pequeñas empresas, deben proteger sus activos más valiosos.
Qué son las Directrices de la EUIPO y qué función cumplen en el registro de marcas
Las Directrices de la EUIPO tienen como objetivo principal garantizar que todos los procedimientos relacionados con el registro de marcas de Europa, así como los dibujos o modelos comunitarios, se manejen de forma transparente y coherente.
Este manual tiene como objetivo proporcionar a los solicitantes, abogados y examinadores una base clara sobre qué criterios se aplicarán al evaluar una solicitud, lo que ayuda a reducir la arbitrariedad en las decisiones de la oficina.
Asimismo, se asegura que casos similares sean estudiados de la misma forma, manteniendo así una homogeneidad en los 27 Estados miembros.
Por último, también actúan de conexión entre la legislación, algo abstracta, y la realidad práctica, ya que se actualizan una vez al año para incorporar las últimas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y las nuevas tendencias del mercado.
Principales novedades introducidas en la última actualización de las Directrices
La edición de 2026 de las Directrices de la EUIPO, que entraron en vigor el 1 de julio de 2026, introduce modificaciones técnicas sustanciales orientadas a la digitalización, la simplificación de procesos y la actualización de criterios jurisprudenciales.
- Digitalización exclusiva para diseños: a partir de ahora, las comunicaciones relacionadas con procedimientos y modelos comunitarios que se dirijan a la Oficina únicamente podrán presentarse por medios electrónicos. A partir del 1 de julio, cualquier documento enviado por correo postal o mensajería no se considerará como recibido.
- Criterios de similitud en marcas denominativas: el uso de letras minúsculas y mayúsculas ya no tiene impacto en la evaluación de la similitud de las marcas denominativas, por lo que ahora las marcas que únicamente se diferencien en el uso de mayúsculas y minúsculas se considerarán idénticas a efectos de registro.
- Carácter distintivo de letras sueltas: se entenderá que una sola letra tiene, por sí misma, un carácter distintivo débil, salvo que dicha letra esté estilizada.
- Simplificación en la solicitud de prórrogas: en los procedimientos, aunque las solicitudes de prórroga deben seguir estando debidamente justificadas, las partes ya no estarán obligadas a presentar pruebas justificativas cuando presenten una solicitud de prórroga adicional (segunda y posteriores).
Impacto de los cambios en el registro de marcas y diseños de startups tecnológicas
Para las startups, cuyos activos digitales suelen ser intangibles, como el software o la marca corporativa, las recientes actualizaciones alteran significativamente su estrategia de protección legal.
- Protección avanzada y realista de interfaces: se han introducido criterios explícitos para representaciones animadas y dinámicas en los diseños, lo que beneficia directamente a los creadores de software y aplicaciones móviles.
- Protección del «naming» frente a copias: en el sector tecnológico, es bastante habitual el uso de formatos tipo «CamelCase», por ejemplo, «TechApp» o «techAPP». El hecho de que el uso de mayúsculas y minúsculas ya no impacte en la similitud evita que competidores desleales intenten registrar alternativas del mismo nombre, ya que ahora la Oficina las va a considerar idénticas automáticamente.
- El reto de los logotipos minimalistas: en la práctica, es bastante frecuente que las empresas utilicen logotipos basados en una única inicial. Sin embargo, a partir de ahora tendrán que dotarla de estilización fuerte para que sea aceptada por la Oficina.

María Barbero es abogada especializada en derecho digital, derecho de las nuevas tecnologías y emprendimiento tecnológico.
Graduada en Derecho y Relaciones Internacionales por la Universidad Europea de Madrid, amplió su formación con un doble máster en acceso a la abogacía, emprendimiento y tecnología en IE University. Enfocada en la actualización constante, aporta una visión jurídica adaptada a la evolución digital. Habla español e inglés.






