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Teletrabajo y protección de datos

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Teletrabajo y protección de datos

¿Cómo se relaciona el teletrabajo y protección de datos? Uno de los aspectos más relevantes en estos tiempos de la pandemia causada por el denominado COVID19 y que más preocupan a las empresas es regular todo lo relativo a la situación de teletrabajo a la que se han visto obligadas muchas plantillas.

Esta situación se ha reproducido en la mayor parte de las empresas a nivel mundial desde que el día 11 de marzo de 2020 la OMS declaró el Coronavirus como una pandemia a nivel mundial.

En este contexto, en aras a mitigar en la medida de lo posible las implicaciones a nivel de salud que este virus ha supuesto en los equipos de trabajadores de las empresas, son muchas las empresas que han optado por el teletrabajo como alternativa.

Muchas de estas empresas ya venían aplicando jornadas de teletrabajo con sus trabajadores. Sobre todo en empresas que permitían una conciliación de la jornada laboral entre sus empleados. Pero hay otras que no y que se han tenido que reinventar a marchas forzadas ante esta crisis generalizada.

Teniendo en cuenta lo anterior, uno de los puntos clave y que preocupa a las empresas para poder llevar a la práctica medidas de teletrabajo son todos los asuntos que rodean al ámbito de la protección de datos y la ciberseguridad.

A continuación trataremos de acotar estos asuntos relacionados con el teletrabajo y la protección de datos. Destacaremos aquellos aspectos más relevantes.

 

Aspectos legales a tener en cuenta

Entre los aspectos legales a tener en cuenta en el momento de hablar de jornadas de teletrabajo, destaca sobre todo aquellos aspectos que conciernen al derecho laboral. A propósito de los horarios, medios de trabajo, entorno laboral, gastos en los que pueda incurrir el trabajador, etc.

Pero sin duda la protección de datos resultará un tema fundamental por todas las consecuencias que ello implica en materia de seguridad de la información. Al utilizarse medios informáticos que se pondrán a disposición del trabajador para poder llevar a cabo la prestación de sus servicios en régimen de teletrabajo. Y carecer, a priori, la red que utilizará para conectarse el trabajador, de las medidas de seguridad que proporciona la empresa.

 

Medidas de control de teletrabajo

Uno de los aspectos esenciales para poder mantener durante un periodo de tiempo prolongado jornadas de teletrabajo por parte del personal de una empresa es la confidencialidad de la información.

En este sentido, será conveniente facilitar al trabajador un nuevo compromiso de confidencialidad para garantizar que toda la documentación e información a la que el trabajador vaya a tener acceso se mantenga en secreto. Evitando que miembros del entorno familiar o terceros ajenos a la empresa puedan llegar a acceder a esta información confidencial.

 

Información al trabajador que realiza teletrabajo

En lo que respecta a la información que ha de facilitar al trabajador que realice el teletrabajo, será necesario remitirle una serie de pautas de actuación e información en el que el trabajador tenga conocimiento de todas las implicaciones legales que pueda tener las jornadas que se presten en régimen de teletrabajo.

Como pueda ser la duración y el lugar de trabajo, el espacio de teletrabajo, la utilización de equipos informáticos y otro tipo de material, sus derechos y obligaciones y medidas de cumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales, etc.

 

Deberes del trabajador

A propósito de las medidas de seguridad en relación con las jornadas de teletrabajo, resultará fundamental que, si el equipo utilizado por el trabajador para llevar a cabo sus funciones es un equipo personal, el trabajador deberá autorizar la instalación de un software antivirus que garantice la protección de la información de la empresa.

Igualmente, otra de las claves será la utilización de una conexión VPN facilitada por parte de la empresa.

Letslaw es un despacho de abogados especializado en Internet y derecho de las nuevas tecnologías.

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