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¿Qué es el Compliance en una empresa?

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¿Qué es el Compliance en una empresa?

¿Qué es el Compliance en una empresa?

Por Compliance entendemos un sistema de gestión para adaptar las empresas al cumplimiento de la legislación, lo que también puede comprender la creación de una construcción jurídica mediante políticas, códigos de conducta y la regulación de procesos internos.

¿Qué entendemos por Compliance?

Existen tantos tipos de Compliance, como materias en Derecho. De hecho, el cumplimiento normativo puede comprender una sola materia, como el Compliance Penal (ISO 19600), y también puede extenderse a otras áreas jurídicas, como al ámbito Tributario o al ámbito Laboral de una empresa.

En cualquier caso, el Compliance únicamente afectará a las empresas y su extensión dependerá de las características propias de cada una.

Tipos de obligaciones

En general, en materia de cumplimiento, es importante tener en cuenta no sólo la legislación, sino también las restantes fuentes del derecho: la costumbre y los principios generales del derecho así como la jurisprudencia.

El Compliance comprende tanto el análisis de las obligaciones que hubiera adoptado una empresa, como la idealización de qué conductas puede adoptar jurídicamente para alcanzar sus objetivos sociales, así como la prevención y detección de conductas que pudieran infringir el ordenamiento jurídico.

Concretamente, los tipos de obligaciones que se prevén en el Código Civil son aquellas que consisten en dar, hacer o no hacer alguna cosa.

El Compliance, gracias a que está pautado por una metodología, es importante para analizar (i) si las obligaciones que nacen de la Ley se cumplen y (ii) qué obligaciones nacen de los contratos. También, (iii) para detectar y prevenir los actos u omisiones ilícitos.

Prevención y detección

Una de las obligaciones que nace de la Ley relacionada con el Compliance es la habilitación de un canal de denuncias en las empresas, una herramienta que favorece la detección de riesgos y la adopción de medidas internas para prevenir una situación de mayor riesgo.

La obligación de las empresas de habilitar un canal de denuncias tiene su origen en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (Ley de Igualdad), para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo y, posteriormente, en el artículo 31 bis del Código Penal, en el ámbito de la prevención de delitos en las empresas.

La finalidad principal del canal de denuncias es prevenir incumplimientos normativos y corregir los ya detectados. Para su correcto funcionamiento y para que cumpla con su finalidad, el canal de denuncias debe cumplir con una serie de garantías como la confidencialidad, la indemnidad del denunciante y la anonimización de sus datos personales, a elección de la empresa, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos.

En definitiva, el Compliance es cumplimiento normativo, indicador de fiabilidad y transparencia, exigiendo la Ley que las empresas habiliten su propio canal de denuncias.

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