logo

Jubilación anticipada: preguntas frecuentes

LetsLaw / Derecho laboral  / Jubilación anticipada: preguntas frecuentes
Jubilación anticipada

Jubilación anticipada: preguntas frecuentes

Desde que tuvo lugar la reforma de las pensiones en el año 2011, se ha establecido un régimen transitorio de jubilación mediante el cual se ha ido retrasando paulatinamente el período de jubilación un mes cada año hasta llegar a los 67 años en 2027. Actualmente, en España la edad correspondiente para acceder a la jubilación es de 65 años si se han cotizado 37 años o más a la Seguridad Social o de 65 años y 10 meses si se ha cotizado menos de 37 años.

¿Cuándo se puede solicitar una jubilación anticipada?

La jubilación anticipada consiste en acceder a la pensión por jubilación antes de la edad legal establecida por voluntad del trabajador o derivada del cese no voluntario en el trabajo (despidos, discapacidad, etc.) y supone, para quienes acceden a ella, una reducción considerable en la cuantía de la prestación a percibir por su jubilación.

Para solicitar la jubilación anticipada, el trabajador deberá cumplir una serie de requisitos, que veremos más adelante, y cumplimentar el modelo de solicitud de pensión de jubilación, presentándolo, junto con la documentación exigida en el referido modelo, ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o ante el Instituto Social de la Marina (ISM) para los trabajadores del mar.

Principales sistemas de jubilación anticipada

Existen distintas modalidades o sistemas de jubilación anticipada, a continuación, destacamos los principales:

Jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional

La edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos casos en que la actividad profesional sea de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y/o acusen elevados números de mortalidad o morbilidad. Estos profesionales son:

  1. Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero
  2. Personal de vuelo y trabajos aéreos
  3. Trabajadores ferroviarios
  4. Artistas
  5. Profesionales taurinos
  6. Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
  7. Miembros del cuerpo y seguridad del estado

Jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad

La edad ordinaria de jubilación exigida se podrá ver reducida en el caso de aquellos trabajadores que presenten una discapacidad igual o superior al 65%. Así como, cuando presenten una discapacidad igual o superior al 45%, siempre que en este último supuesto además concurran circunstancias apreciables de una reducción de la esperanza de vida de esos trabajadores.

Jubilación anticipada por tener la condición de mutualista

Podrán solicitarla aquellos trabajadores a partir de los 60 años que hayan cotizado en alguna de las Mutualidades Laborales de trabajadores por cuenta ajena, los trabajadores ingresados en RENFE, los pertenecientes a FEVE, los que estuvieren trabajando en el Régimen Especial de la Minería del carbón a fecha 1 de abril de 1969 y los trabajadores del Régimen Especial de los Trabajadores del mar a fecha 1 de agosto de 1970.

Jubilación anticipada sin tener la condición de mutualista

Quienes hayan sido despedidos de su puesto de trabajo y tengan 61 años, se encuentren inscritos como demandantes de empleo y hayan cotizado durante un período mínimo de 30 años.

Jubilación anticipada derivada del cese no voluntario del trabajador

Aquellos que tengan cumplida una edad que sea inferior a 4 años de la edad exigida que en cada caso resulte de aplicación, que el cese del trabajo se haya producido por una situación de reestructuración en la empresa, se encuentren inscritos como demandantes de empleo y puedan acreditar un período de cotización mínimo de 33 años.

Jubilación anticipada por voluntad del trabajador

Deberán tener cumplida una edad que sea inferior en dos años a la edad exigida, encontrarse dados de alta en la Seguridad Social, acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35 años.

Jubilación flexible

Este tipo de jubilación se da en aquellos casos en los que resulta posible compatibilizar, una vez causada la pensión de jubilación, con un contrato a tiempo parcial.

Jubilación parcial

Será considerada una jubilación parcial aquella iniciada después de los 60 años por parte de un trabajador y que preste sus servicios profesionales a tiempo parcial concertando un contrato de duración determinada con la empresa.

Jubilación especial a los 64 años

Con este tipo de jubilación se pretende fomentar el empleo dando paso a nuevas generaciones que sustituyan a trabajadores que tengan cumplidos los 64 años, permitiéndole acceder a su pensión de jubilación con los mismos derechos económicos que si tuviera cumplidos los 65 años exigidos.

Requisitos a cumplir para solicitar la jubilación anticipada voluntaria

Los requisitos para solicitar la jubilación anticipada son los siguientes:

  1. Únicamente se podrá solicitar la jubilación anticipada dos años antes de la edad reglamentaria.
  2. Es un requisito imprescindible el estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud.
  3. Se deberá haber cotizado al menos 35 años, de los cuales dos (2) deben encontrarse dentro de los últimos 15 últimos años.

Contáctanos

    Al pulsar en "Enviar" aceptas nuestra Política de Privacidad - + Información, para tratar tus datos con la finalidad de tramitar las consultas que puedas plantearnos.

    Acepto recibir comunicaciones comerciales perfiladas por parte de LETSLAW, S.L. conforme a lo dispuesto en nuestra Política de Privacidad - + Información