
Cómo hacer un sorteo legal en internet
Los sorteos en Internet se han convertido en una herramienta habitual de marketing. Sin embargo, organizarlos sin respetar la normativa puede conllevar sanciones. En España, la regulación combina aspectos de juego, protección de datos, publicidad, comercio electrónico y fiscalidad.
A continuación resumimos los requisitos legales básicos, los errores más comunes y las diferencias entre sorteos, concursos y promociones.
Requisitos legales básicos para hacer sorteos online
Estos son los aspectos legales que tienes que cumplir para hacer un sorteo legal:
1. Marco normativo aplicable
La principal referencia en España es la Ley 13/2011, de regulación del juego, que distingue entre juegos sujetos a licencia y sorteos promocionales exentos.
Cuando la acción se realiza por Internet, entran también en juego la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI-CE) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos (LOPDGDD), junto con el RGPD europeo.
Además, cada red social (Instagram, TikTok, Facebook, etc.) impone sus propias políticas de promoción, que deben respetarse en paralelo a la legislación nacional.
2. Sorteos promocionales: cuándo no requieren autorización
Los sorteos organizados con finalidad publicitaria o promocional, que sean gratuitos y no impliquen apuesta económica, no requieren autorización previa de la Dirección General de Ordenación del Juego.
En cambio, si la participación implica el pago de una cantidad, si el azar tiene peso económico o si se generan beneficios directos, puede ser necesario solicitar licencia específica.
3. Bases legales claras y accesibles
Las bases legales son el contrato entre el organizador y los participantes. Deben incluir:
- Identificación del organizador.
- Requisitos de participación.
- Fechas de inicio y finalización.
- Descripción del premio.
- Método de selección del ganador.
- Protección de datos y derechos de imagen.
- Responsabilidad, fiscalidad y reclamaciones.
Estas bases deben publicarse antes del inicio y ser fácilmente accesibles. En sorteos de gran impacto o con premios de valor elevado, se recomienda protocolizarlas ante notario.
4. Protección de datos personales
Cualquier recogida de datos personales debe cumplir el RGPD y la LOPDGDD. Es obligatorio:
- Informar al participante sobre quién trata sus datos y con qué finalidad.
- Obtener consentimiento expreso para incluirlos en futuras campañas.
- Establecer plazos de conservación y medidas de seguridad adecuadas.
Además, si el sorteo se realiza en redes sociales, se debe aclarar que la plataforma no es responsable del tratamiento ni patrocina la promoción.
5. Aspectos fiscales
Los premios en metálico o en especie pueden estar sujetos a tributación.
- En sorteos promocionales, suele aplicarse el Impuesto sobre Actividades de Juego (10 %).
- Si el valor del premio supera los límites establecidos, el organizador debe practicar la retención correspondiente y declarar el importe a la Agencia Tributaria.
Es aconsejable especificar en las bases quién asume los impuestos y gastos asociados al premio.
6. Transparencia y comunicación del ganador
El método de selección del ganador debe ser objetivo, transparente y verificable.
Puede utilizarse un software de aleatorización certificado o la intervención de notario.
La comunicación del resultado debe hacerse según lo previsto en las bases, respetando la privacidad del participante y conservando evidencias del proceso.
Errores comunes al organizar sorteos en redes sociales
Aunque las redes sociales facilitan la difusión, también son el escenario donde más incumplimientos se cometen. Entre los más frecuentes destacan:
- No publicar o enlazar a las bases legales.
- Exigir acciones prohibidas por la red social (etiquetar masivamente, compartir en perfiles personales, etc.).
- Omitir información sobre el uso de datos personales.
- No establecer edad mínima o excluir indebidamente a determinados participantes.
- No comunicar el resultado o entregar el premio fuera de plazo.
- No declarar el premio o no prever su fiscalidad.
- Dar a entender que la red social patrocina o avala el sorteo.
Estos fallos pueden derivar en sanciones por parte de autoridades de consumo, protección de datos o incluso por incumplimiento de las condiciones de la plataforma.
Diferencias entre sorteos, concursos y promociones comerciales
Aunque a menudo se usan como sinónimos, cada modalidad tiene implicaciones jurídicas distintas:
Sorteo
El ganador se elige por azar entre los participantes que cumplen un requisito.
No exige habilidad ni juicio. Si es gratuito y con fines promocionales, no necesita autorización de juego.
Concurso
El ganador se decide por mérito o habilidad (por ejemplo, creatividad, votación o jurado).
No depende del azar, por lo que no se aplica la Ley del Juego, sino las normas generales de publicidad y consumo.
Promoción comercial
Tiene una finalidad publicitaria directa, como incentivar la compra o fidelizar clientes.
Puede combinar sorteo o concurso, pero también regalos directos o descuentos. En este caso, hay que atender la normativa de competencia y consumidores, además de las obligaciones fiscales.
Saber diferenciar correctamente la modalidad es fundamental para aplicar el marco legal adecuado y evitar responsabilidades. Organizar un sorteo online es una acción eficaz para dinamizar comunidades, pero requiere planificación legal. Cumplir con las normas sobre bases legales, protección de datos, publicidad y fiscalidad no solo evita sanciones, sino que transmite profesionalidad y transparencia.
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Alberto Malo es abogado especialista en Propiedad Intelectual, Protección de Datos y Derecho de las Nuevas Tecnologías.
Desde 2017 asesora a empresas en materia de comercio electrónico, publicidad, esports, contratación de software y competencia desleal, tanto a nivel nacional como internacional. Es Delegado de Protección de Datos certificado por la AEPD – ENAC, miembro de DENAE y autor de artículos jurídicos en medios como Cinco Días o Lawyerpress. Formado en ICADE, cuenta con un doble máster en Acceso a la Abogacía y Propiedad Intelectual. Domina español, inglés y catalán.






