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Certificar tu Startup: aspectos subjetivos que debes acreditar

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Certify your Startup: subjetive aspects that you must prove

Certificar tu Startup: aspectos subjetivos que debes acreditar

Cuando se trata de certificar tu Startup, hay ciertos aspectos subjetivos que debes acreditar. Y es que, la Ley de Startup está causando un gran revuelo y está de nuevo en boca de todos. El motivo, tal y como ya os contamos en este mismo blog, el ENISA ha abierto su proceso de acreditación como empresa emergente.

Desde que se publicó la orden ministerial que regula los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes, infinidad de empresas están lanzándose a obtener su acreditación y disfrutar de los beneficios que otorga la condición de Startup.

Estos beneficios son principalmente importantes incentivos fiscales y el reconocimiento dentro del ecosistema emprendedor como una empresa innovadora y escalable y, por lo tanto, atractiva de cara a una posible inversión.

Para poder ser considerada como empresa emergente deberemos acreditar que cumplimos con una serie de requisitos. Algunos de ellos son relativamente objetivos, como tener sede en España, una antigüedad máxima de cinco años (o siete dependiendo de la actividad), o no haber distribuido dividendos.

No obstante, existen una serie de requisitos, de carácter más subjetivo o valorativo, que debemos documentar en la solicitud al ENISA. Estos requisitos son esencialmente que la empresa cuente con un proyecto innovador y un modelo de negocio escalable. A continuación, explicamos cómo acreditar estos requisitos:

¿Cómo acreditar que contamos con un proyecto innovador y escalable?

Cuando estemos preparando la solicitud de la acreditación como empresa emergente ante el ENISA, uno de los aspectos más importantes que deberemos documentar es cómo y por qué debe considerarse a nuestra empresa como Startup.

Esto implica acreditar que nuestro proyecto es suficientemente innovador y escalable.

El ENISA, encargado de evaluar las solicitudes, analizará el grado de innovación y escalabilidad del proyecto conforme a los siguientes criterios:

Grado de innovación

Para acreditar el proyecto innovador, más allá de plasmar correctamente cuál es la idea, el objeto, y la finalidad de la empresa, podemos documentar otros muchos aspectos que dan un valor añadido al proyecto y nos ayudan a completar la solicitud.

Entre estos aspectos tendremos en cuenta y añadiremos a nuestra solicitud una relación del gasto invertido en I+D+I, así como la relación entre estos en el gasto total del proyecto durante los dos últimos ejercicios.

Lógicamente, aportaremos también toda marca, patente, software, licencia o cualquier activo intangible que tenga nuestra empresa y que sea clave para el desarrollo del proyecto.

También podremos incorporar una relación de los CV, acreditaciones y perfiles con los que contemos dentro del equipo de la empresa, ya sean fundadores, colaboradores, mentores o trabajadores. En este sentido, ayudará contar con investigadores, o personas que cuenten con una alta especialización, experiencia y trayectoria.

Por último, se valorará positivamente también el haber recibido algún tipo de ayuda o financiación pública en los últimos tres años.

Grado de atractivo del mercado

Otro criterio que deberemos defender es el grado de aceptación y proyección que nuestro proyecto pueda tener en el mercado.

Para ello se evaluarán, entre otros aspectos:

  • El potencial volumen de clientes y usuarios a los que se pueda llegar,
  • La segmentación de nuestro público objetivo,
  • La tracción del proyecto,
  • Los ratios de captación, repetición y fidelidad de los clientes.

También se tendrán en cuenta aspectos generales del mercado como la oferta y demanda global del sector, el nivel de competencia existente en el mismo mercado y el grado de diferenciación de nuestro proyecto respecto a estos competidores.

Madurez del proyecto

El siguiente criterio que deberemos acreditar es el nivel de madurez del proyecto. Para ello deberemos aportar cualquier desarrollo que hayamos producido con anterioridad, ya sea una demo de un software, un prototipo, prueba de concepto o el producto mínimo viable (MVP en sus siglas en inglés). Igualmente, es conveniente acreditar el nivel de validación obtenido en el mercado-.

Escalabilidad del proyecto

Por último, deberemos documentar la escalabilidad del proyecto. El ENISA analizará aspectos como la potencial internacionalización de la empresa, el número de operaciones asumibles, así como la proyección de la facturación esperada.

Asimismo, se valorará positivamente la independencia de la empresa en el desarrollo del proyecto, teniendo en cuenta para ello la dependencia de uso de otros proveedores y colaboradores, la necesidad de contar con softwares, licencias o derechos de terceros, así como la dependencia sobre el know-how de alguno de nuestros empleados o colaboradores clave y el riesgo de que éste abandone prematuramente el proyecto.

Proceso de solicitud

Desde que se presente la solicitud, el ENISA dispondrá de un plazo de hasta tres meses para realizar la evaluación de los puntos anteriores.

Una vez vencido este plazo, si no hubiera emitido una resolución al respecto, la Ley prevé la aplicación del silencio administrativo positivo. Es decir, en caso de que transcurran estos tres meses y no tengamos respuesta del ENISA, podremos entender estimada la solicitud.

En Letslaw by RSM contamos con abogados especializados en derecho mercantil y la Ley de Startups. No dudes en contactar con nosotros y pondremos nuestra experiencia a tu disposición.

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