Youtubers e influencers y cambios de residencia fiscal – Caso Rubius
Se ha generado un gran revuelo mediático por el traslado de youtubers a Andorra y así huir de la presión fiscal española. El último en anunciar su traslado ha sido El Rubius, estrella de internet con una facturación anual de algo más de 4 millones de euros. Lo cierto es que antes que él, muchos otros le han precedido, atraídos por el tipo máximo del 10% que se paga en el IRPF andorrano, muy lejos del 47% que contempla España para rentas superiores a 300.000 euros.
¿Ante este atractivo ahorro fiscal, están todas estas estrellas digitales fuera del alcance de la Agencia Tributaria Española? Según los antecedentes (recordad, entre otros, el caso Shakira, Arantxa Sanchez-Vicario), deberían atender muy bien a la normativa para evitarse dolores de cabeza y que el fisco no determine un cambio artificial de residencia. El elemento clave para determinar en qué territorio paga impuestos el contribuyente es la residencia fiscal.
Existen dos criterios para determinar esta circunstancia, según la norma vigente en España. En primer lugar, permanecer “más de 183 días, durante el año natural, en territorio español”. Y, en segundo término, cuando “radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta”, algo a lo que no se suele prestar mucha atención.
En la residencia fiscal, juega un papel fundamental, el lugar donde se encuentre la vivienda permanente, y donde se realiza la vida cotidiana, acreditable con elementos de prueba (consumo de los servicios de la vivienda, localización del teléfono móvil, pagos con tarjeta, etc.). La mayoría de los contribuyentes “pillados” por desplazamientos ficticios, no tuvieron en cuenta estos criterios y olvidaron que los inspectores de la AEAT se sirven de todos los medios de prueba a su alcance.
Hacienda ya ha anunciado una campaña de comprobación de la residencia fiscal para estos casos. Así se desprende del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2021, publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La Agencia Tributaria utilizará el tratamiento masivo de datos para comprobar que quienes dicen haberse “ido” de España, de verdad tienen su residencia fiscal en el extranjero.
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