
Abogados para sorteos: ¿cómo cumplir la legislación vigente?
Los sorteos online y concursos en webs y redes sociales son uno de los grandes pilares de las estrategias comerciales de las marcas. Este tipo de acciones permiten aumentar la visibilidad de tu marca, mejorar la interacción con la comunicada y en general, favorecer una mayor participación del público.
No obstante, aunque puedan parecer actividades simples, hay que tener en cuenta que existen normas específicas para llevarlos a cabo.
Bases legales para un sorteo
El punto de partida para organizar un sorteo es la redacción de las bases legales. Este documento actúa como un contrato entre organizador y participante, recogiendo de forma clara y detallada todas las condiciones para participar: los premios, la duración, la forma de elegir al ganador, etc.
Estas bases se deberán encontrar accesibles para todo aquel que desee participar, por ejemplo, a través de un enlace en la publicación del sorteo. Esto es una práctica que genera confianza y evita malentendidos.
Algunas de las cláusulas que se deben incluir en las bases legales son las siguientes:
- Identificación del organizador.
- Gratuidad o, por el contrario, tarificación adicional para la participación.
- Fechas de comienzo y terminación del concurso o sorteo promocional y fecha en la que se realizará el concurso o sorteo y la modalidad de este (sorteo ante notario, jurado etc.)
- Reglas y condiciones para participar.
- Valor y naturaleza sobre el precio ofrecido.
- Protección de datos de carácter personal.
- Penalizaciones en caso de uso fraudulento.
- Cesiones de derechos de imagen y/o propiedad intelectual del ganador o ganadores y/o de los participantes.
- Posibilidades de prorrogar o suspender el sorteo (por ejemplo, en casos de fuerza mayor).
- Posibilidad de dar de baja o descalificar a usuarios que incumplan las reglas del sorteo y exoneración de responsabilidad del organizador en caso de incumplimiento de los participantes.
Aunque no es obligatorio, desde el despacho siempre recomendamos registrar las bases ante notario, ya que aporta transparencia y seguridad jurídica.
Legislación sobre concursos y sorteos online
Desde la entrada en vigor de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego, cuando se organiza un concurso o sorteo en el que la participación es totalmente gratuita y no implica ningún tipo de coste adicional para los usuarios, no es necesario solicitar una licencia especial.
Sin embargo, si para participar es necesario realizar un pago o existe algún tipo de tarificación adicional, el organizador deberá cumplir con una serie de requisitos legales y obtener las licencias correspondientes antes de poner en marcha la actividad, ya que estos sorteos se consideran juegos de azar, y quedan sujetos a la supervisión de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ).
Por otro lado, también es importante considerar la fiscalidad de este tipo de acciones promocionales. Según lo establecido en la Ley del Juego, solo tributan los sorteos en los que interviene el azar, mientras que los concursos en los que el ganador se elige mediante un jurado o criterio de valoración no se encuentran sujetos a esta tributación.
Es decir, los sorteos promocionales que se basen en combinaciones aleatorias con fines publicitarios o comerciales están sujetos a un gravamen del 10% sobre el valor del premio entregado.
Además, en caso de que el premio supere los 300 euros, el organizador deberá practicar retención del 19% en el IRPF del ganador.
Asimismo, debe cumplirse la normativa vigente en materia de protección de datos personales, recogida en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), en relación con el deber de informar a los participantes sobre cómo se utilizarán sus datos y obtener su consentimiento explícito.
Las plataformas digitales donde se difunda el sorteo, como Instagram, TikTok, Facebook o similares, también cuentan con sus propias condiciones para promociones, entre las que destaca la obligación de indicar expresamente que dichas plataformas no patrocinan ni gestionan el sorteo.
Por último, la acción debe cumplir con las normas de LSSI, la Ley General de Publicidad y la Ley de Competencia Desleal, en relación con la transparencia de las promociones comerciales y a la prohibición de prácticas engañosas.
Responsabilidad de quienes hacen el sorteo
Más allá del cumplimiento normativo, el organizador debe actuar con responsabilidad y transparencia durante todo el proceso, lo que implica respetar lo publicitado, comunicar el resultado de manera clara, verificable y transparente y entregar el premio en los términos prometidos.
Una adecuada gestión no solo evita reclamaciones, sino que también contribuye a preservar la reputación y credibilidad de la marca.

María Barbero es abogada especializada en derecho digital, derecho de las nuevas tecnologías y emprendimiento tecnológico.
Graduada en Derecho y Relaciones Internacionales por la Universidad Europea de Madrid, amplió su formación con un doble máster en acceso a la abogacía, emprendimiento y tecnología en IE University. Enfocada en la actualización constante, aporta una visión jurídica adaptada a la evolución digital. Habla español e inglés.






