
Límites de la responsabilidad empresarial: del capital social al patrimonio personal
Emprender conlleva una serie de riesgos, y uno de los más importantes es entender hasta dónde alcanza la responsabilidad en caso de que el negocio contraiga deudas. En España, la elección de la forma jurídica para operar, ya sea como autónomo o mediante la constitución de una sociedad, determinará si las obligaciones empresariales se afrontan solo con el capital social o si pueden poner en peligro el patrimonio personal del emprendedor.
Este artículo analiza las diferencias clave según el tipo de figura jurídica, las estrategias para proteger los bienes personales y las circunstancias excepcionales en que se puede levantar el llamado “velo societario”.
Diferencias si es una sociedad limitada o un autónomo
Uno de los aspectos más determinantes al iniciar una actividad económica es decidir si actuar como empresario individual o constituir una sociedad. En el caso del autónomo no existe separación legal entre la persona y la actividad empresarial. Esto significa que el empresario responde con la totalidad de su patrimonio presente y futuro frente a cualquier obligación derivada de su negocio, según establece el artículo 1911 del Código Civil.
Por el contrario, al crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) se forma una persona jurídica independiente. Esto implica que los socios no responden personalmente por las deudas de la empresa, sino solo hasta el límite del capital aportado. Aunque el capital social mínimo exigido anteriormente era de 3.000 euros, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre lo ha reducido a un euro para facilitar el emprendimiento. Aun así, cuando el capital es inferior a esa cantidad, la ley impone ciertas garantías adicionales, como la obligación de dotar reservas hasta alcanzar los 3.000 euros o la posibilidad de exigir aportaciones adicionales si la sociedad entra en liquidación sin poder pagar sus deudas.
En resumen, mientras el autónomo asume una responsabilidad ilimitada, una S.L. ofrece un escudo legal que, en condiciones normales, protege el patrimonio personal de los socios frente a los compromisos económicos de la empresa.
Cómo proteger el patrimonio personal
La protección del patrimonio personal es una preocupación constante para cualquier emprendedor. Una primera medida eficaz es optar por una estructura societaria que limite la responsabilidad, como la S.L., incluso cuando se trate de un negocio gestionado por una sola persona. Esta opción permite establecer una frontera legal entre los bienes de la empresa y los personales del socio.
Otra posibilidad es acogerse a la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), regulada por la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores. Esta figura permite proteger la vivienda habitual del empresario individual frente a deudas empresariales, siempre que se cumplan ciertos requisitos, como no haberla utilizado como aval ni para garantizar créditos vinculados a la actividad, y que esté debidamente registrada como bien excluido de la responsabilidad.
Además de la elección de la forma jurídica, es fundamental mantener una estricta separación entre las finanzas personales y las empresariales. Usar cuentas bancarias independientes, llevar una contabilidad ordenada y evitar cualquier confusión de patrimonios es esencial para conservar la protección que otorga la limitación de responsabilidad.
Contar con seguros también es una herramienta clave. Un seguro de responsabilidad civil profesional puede cubrir daños a terceros, mientras que los seguros para administradores (conocidos como seguros D&O) protegen frente a posibles reclamaciones por decisiones empresariales. Estas pólizas pueden marcar la diferencia en caso de litigios.
Otro aspecto relevante es evitar avalar deudas empresariales con bienes personales. Aunque es frecuente que los bancos soliciten avales personales, hacerlo implica renunciar en la práctica a la protección del patrimonio. Siempre que sea posible, se deben buscar alternativas o limitar el alcance del aval.
Finalmente, el régimen económico matrimonial también puede influir. En caso de estar casado bajo régimen de gananciales, las deudas empresariales pueden afectar a los bienes comunes del matrimonio. Por ello, muchos emprendedores optan por la separación de bienes para evitar consecuencias no deseadas.
La herramienta del “velo societario”
Aunque la responsabilidad limitada es una de las principales ventajas de constituir una sociedad, este principio no es absoluto. En situaciones excepcionales, los tribunales pueden aplicar la doctrina del “levantamiento del velo societario”. Esta figura permite ignorar la separación entre la sociedad y sus socios cuando se demuestra que la empresa ha sido utilizada de manera fraudulenta o contraria a la buena fe.
El Tribunal Supremo ha reconocido esta posibilidad en casos de fraude de ley, abuso de la personalidad jurídica, confusión de patrimonios o uso de la sociedad como una simple pantalla para eludir responsabilidades. Por ejemplo, si un socio utiliza los fondos de la empresa para fines personales o si se crea una sociedad sin recursos suficientes para operar con la única intención de contratar y no pagar, los jueces pueden hacer responsable directamente al socio.
Un caso paradigmático es el de aquellos empresarios que, tras contraer deudas con terceros, vacían el patrimonio de la sociedad, transmiten sus acciones a terceros insolventes y abandonan la gestión. En estas situaciones, los tribunales pueden estimar que ha existido una utilización abusiva de la personalidad jurídica y, por tanto, levantar el velo para proteger a los acreedores.
Esta herramienta, sin embargo, es de aplicación limitada y debe ser invocada con cautela. No toda insolvencia empresarial ni toda mala gestión justifica el levantamiento del velo. Es necesario demostrar una conducta dolosa o gravemente negligente, y que dicha conducta ha causado un perjuicio económico a terceros.
En conclusión, comprender los límites de la responsabilidad empresarial es esencial para cualquier emprendedor o pyme. La elección de la forma jurídica, el cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales, y una gestión diligente son claves para proteger el patrimonio personal. En caso de duda, contar con asesoramiento legal especializado es la mejor forma de emprender con seguridad y confianza.

Beatriz Núñez es abogada especialista en derecho mercantil, reestructuración societaria y fusiones y adquisiciones.
Cuenta con una sólida experiencia en asesoramiento jurídico a empresas nacionales e internacionales, especialmente en planificación de rondas de inversión, contratación mercantil e inmobiliaria y gestión integral de la secretaría de sociedades. Es graduada en Derecho por la Universidad Complutense y posee un doble máster en acceso a la abogacía y asesoría jurídica de empresas por el Centro de Estudios Garrigues, además de un diploma en relaciones internacionales por la Universidad Villanueva.






