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¿Cómo otorgar poderes correctamente en España?

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¿Cómo otorgar poderes correctamente en España?

Otorgar poderes es un acto que consiste en firmar un documento público (poder) para otorgar facultades a un tercero para realizar determinados actos jurídicos o materiales en nuestro nombre o en el de nuestra sociedad.

Por ello, los poderes se configuran como uno de los mecanismos principales para agilizar el tráfico jurídico y facilitar las operaciones de gestión del día a día de la sociedad, así cómo todas aquellas relativas a la Constitución de una sociedad mercantil, siendo de especial utilidad en supuestos en los que se desee constituir una Sociedad en España.

Hay que mencionar que para que un poder sea plenamente válido es necesario que sea otorgado debidamente ante un Notario público. Esto se debe a que el Notario tiene una función de fedatario público, es decir, es el encargado de dar seguridad jurídica sobre la validez de determinados documentos y actos que se firman en su presencia para evitar poderes fraudulentos que puedan derivar en daños y negocios indebidamente formalizados.

Por ello, a continuación, facilitamos una serie de consideraciones a tener presentes al momento de otorgar poderes.

Tipos de poderes: Poderes generales y poderes especiales

Si bien muchas veces suele hacerse la diferenciación entre poderes especiales y poderes generales, conviene señalar que, en realidad, se trata del mismo poder solo que su contenido es distinto.

En el caso del poder especial, se autoriza a un tercero para actuar en España en representación del poderdante para realizar unas facultades específicas, es decir, solo las mencionadas expresamente en el poder serán aquellas que podrá realizar el apoderado en su nombre.

Por otro lado, el poder general es aquel que se otorga sin especificar cuales son las facultades, es decir, no menciona expresamente para que se ha otorgado el mismo. Este poder suele suponer más riesgos para el poderdante, ya que, da mayor libertad al apoderado. Al mismo tiempo, su ventaja es precisamente la flexibilidad que confiere al apoderado. Este tipo de poderes suele usarse bien para la representación en pleitos, denominado en estos casos como poder para pleitos.

También son comunes los poderes generales cuando el apoderado administrará bienes del patrimonio del poderdante, quedando al margen los actos de compraventa, disposición e hipoteca, ya que, para estos, es más habitual dar un poder general a tales efectos.

Formas para otorgar poderes válidos en España

Para que un poder sea válido en España, hay distintas opciones para cumplir los requisitos de forma que el poder sea válido, las cuales detallamos a continuación.

  1. Otorgar poder ante notario español: De todas las distintas opciones que hay para dar poderes válidos, otorgarlos directamente ante notario español es la forma más rápida y sencilla de todas. Esta vía garantiza la rapidez y la legalidad del poder, el cuál no necesitará ningún otro trámite o documento para ser válido y desplegar todos sus efectos en todo el territorio español. Si el poder se da para poder llevar a cabo la realización de actos en el extranjero, será necesario obtener la Apostilla de la Haya para garantizar su validez en terceros Estados que sean parte del Convenio de la Haya.
  2. Otorgar poder en la oficina consular: Otra de las fórmulas válidas que hay para dar poderes es hacerlo en el Consulado español de un Estado extranjero. Si bien es un trámite bastante sencillo, ya que, basta con ir únicamente a la sede consular y dar el poder tal y cómo se haría frente a un Notario en España, muchas veces es necesario solicitar una cita previa, siendo los plazos de solicitud bastante prologados.
  3. Otorgar poder ante notario extranjero: La última de las formas válidas para dar poder legalizado es hacerlo ante un notario extranjero. De la misma forma que el Notario español tiene función de ser fedatario público, los notarios de los demás Estados resguardan la legalidad de los actos celebrados ante ellos. Es por esta razón que un poder dado ante un Notario extranjero será válido en España, siempre y cuando se legalice debidamente con la Apostilla de la Haya. Es decir, si el poder se da ante Notario, pero no se legaliza con la Apostilla, no será válido en España.

También es importante mencionar que, al ser los poderes dados en el idioma de cada Estado, para que este tenga efectos en España, es necesario que se tenga una traducción jurada del contenido del poder al español, ya que, no es posible presentar un poder que no este en español en España.

Principales riesgos de los poderes

Si bien otorgar poderes, por lo general, no supone un mayor riesgo, no debe olvidarse que, siempre que se respete el contenido del poder, todos aquellos actos jurídicos realizados por el apoderado vincularán de manera efectiva al poderdante, por lo que tendrá que responder de los efectos que se produzcan.

Muchas veces no se les da mayor importancia a los poderes, llegándose a firmar documentos que confieren al apoderado la facultad para tomar importantes decisiones e incluso, dándole plena capacidad para disponer del patrimonio o derechos que tiene el poderdante pudiéndose generar perjuicios en la esfera de este.

No deben tampoco extrañar aquellos supuestos en los que, el apoderado, valiéndose de las facultades que le han sido conferidas, se excede en su actuar, vulnerando la confianza depositada en el y causando un daño al poderdante.

También no son raros los casos en los que los poderes están mal redactados, derivando en situaciones en las que no son tenidos por válidos, teniendo que repetirse todo el proceso de legalización con las consecuencias que esto tiene y las demoras que genera.

En cualquier caso, los poderes siempre son susceptibles de revocación. Una vez se ha satisfecho la pretensión que se quería lograr, puede ser aconsejable revocar el poder. Para ello, se puede entregar una notificación escrita firmada al apoderado y a cualquier persona que hubiera dependido del poder en cuestión.

Lo cierto es que, por esta razón, siempre será aconsejable contar con la asesoría de un abogado experto que pueda guiar y orientar en la preparación y redacción del contenido del poder, limitándolo exclusivamente a aquellas materias para las que se desea conferir.

LETSLAW

En Letslaw contamos con profesionales expertos en procesos de preparación de poderes especiales para llevar a cabo la constitución de sociedades, ampliaciones de capital entre otras, por lo que podremos asistirte en este tipo de procedimientos, desde el inicio hasta el final del mismo.

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