
Ley Mordaza y reforma del Código Penal de 2015: principales cambios en el ámbito digital
El 1 de julio de 2015 entró en vigor la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, más conocida como “Ley Mordaza”, junto a la reforma del Código Penal, que introdujeron modificaciones muy relevantes en distintos ámbitos, especialmente en lo relativo a internet.
Desde su aprobación ha sido objeto de intensas polémicas. Su objetivo es garantizar la seguridad ciudadana y el orden público, pero es criticada por implicar una limitación de derechos fundamentales, en especial de la libertad de expresión y del derecho de manifestación.
Cambios que supuso la Ley Mordaza
Entre las novedades más polémicas que afloraron tras la entrada en vigor de dicha norma destacaron en el ámbito de internet:
- Prohibición de convocar manifestaciones por redes sociales. Se puede considerar responsable de una manifestación a quien la difunda a través de redes sociales o foros de internet, pudiendo ascender las sanciones hasta 600.000 € en los casos más graves.
- Prohibición de publicar imágenes de policías. Se tipifica como infracción grave, con multas que rondan entre los 601 € hasta los 30.000 €, la difusión de imágenes o datos personales de agentes de policía cuando ello “pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación”. Este punto ha generado un gran debate porque introduce un concepto jurídico indeterminado (“poner en riesgo”), que puede entrar en conflicto con el derecho a la información.
Estas disposiciones, aunque presentadas bajo la lógica de la seguridad, han sido interpretadas por amplios sectores como un instrumento para controlar y disuadir la protesta ciudadana.
¿Limita la Ley Mordaza el derecho de libertad de expresión?
Desde su entrada en vigor, una de las principales críticas es que la Ley Mordaza restringe derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española, en particular:
- El artículo 20 CE, que protege la libertad de expresión y el derecho de comunicar información veraz.
- El artículo 21 CE, que reconoce el derecho de reunión pacífica.
Diversos organismos internacionales, como la ONU, han recomendado su revisión, alertando el riesgo de que su aplicación fomente la autocensura y limite la labor de periodistas y activistas.
No obstante, el Tribunal Constitucional ha avalado su constitucionalidad en varias ocasiones, señalando que los derechos fundamentales no son absolutos y pueden quedar limitados por razones de seguridad ciudadana, siempre que sea proporcional.
Principales reformas en el Código Penal
La Ley Mordaza acompañó a la reforma de 2015 del Código Penal, reforzando la persecución de conductas ilícitas en internet. Entre los cambios más relevantes:
- Delitos contra la propiedad intelectual. El artículo 270 elevó las penas hasta cuatro años (antes era hasta 2) para algunos delitos, como plagio o comunicación de obras sin el consentimiento del titular de los derechos. Además, el artículo 271 también eleva las penas hasta seis años (antes eran cuatro), en casos agravados.
- Accesos ilícitos y hacking. Se establecen penas de prisión de hasta dos años por el acceso no consentido a sistemas, y con hasta tres años la fabricación o comercialización de dispositivos destinados a vulnerar medidas de seguridad.
- Delitos contra la intimidad. Se tipifican nuevas formas de ciberacoso y vulneración de la intimidad, como son el “revenge porn” o la “sextorsión”, sancionando la difusión de imágenes sin consentimiento con penas que van desde los tres meses hasta el año, agravadas en supuestos de víctimas menores, personas con discapacidad o con ánimo de lucro.
- Pornografía infantil y grooming. Se amplió el tipo penal, sancionando también la mera posesión o adquisición de pornografía infantil, así como el contacto con menores de 15 años a través de medios digitales con el objetivo de obtener material sexual o imágenes.
- Terrorismo y ciberdelitos. Algunos delitos informáticos se consideraron terrorismo, siempre que tengan la finalidad de desestabilizar instituciones o coacciones a los poderes públicos. Además, se castiga con penas de 1 a 5 años de prisión el acceso “habitual” a webs con contenidos terroristas, introduciendo el término “habitual”, un término ambiguo que le toca a los jueces interpretar.
La Ley Mordaza y la reforma del Código Penal de 2015 supusieron un endurecimiento del marco penal y sancionador en España, trasladando muchas de sus consecuencias al ámbito digital.
A día de hoy sigue siendo uno de los textos legislativos más polémicos, debido a que sus críticos advierten de que abre la puerta a una limitación de la libertad de expresión, la protesta pacífica y la labor informativa, siendo su revisión continúa una demanda social y política recurrente.

Abogada Especialista en Propiedad Intelectual e Industrial






