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Lopd 15/1999: ¿En qué se diferenciaba de la legislación actual?

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Ley 15/1999

Lopd 15/1999: ¿En qué se diferenciaba de la legislación actual?

Desde Letslaw explicamos las principales diferencias entre la Lopd 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y la Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. Relativa a la protección de personas físicas en lo que respecta a cómo se tratan sus datos personales y a la libre circulación de estos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Casi todo lo que hacemos hoy en día tiene un cierto impacto en nuestra privacidad. Aunque, a menudo, desconocemos estos detalles. Por eso es tan importante que haya normativas a nivel internacional para proteger todo lo que ocurra con nuestros datos, porque todos conocemos el carácter transfronterizo de Internet.

¿Con qué objetivo se creó la Lopd 15/1999?

La Lopd 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal es una ley de carácter nacional encargada de la aplicación de la Directiva 95/46/CE. Este fue el texto de referencia a nivel europeo para la protección de los datos personales hasta el 25 de mayo de 2018.

En particular, la Directiva creó un marco reglamentario destinado a lograr un equilibrio entre el alto nivel de protección de la intimidad de las personas y la libre circulación de datos personales dentro de la Unión Europea (UE).

Impuso estrictas restricciones a la recolección y utilización de datos personales. Exigiendo la creación de una autoridad nacional independiente en cada Estado miembro encargada de supervisar todas las actividades relacionadas con el tratamiento de datos personales (en caso de España, la Agencia Española de Protección de Datos).

¿Por qué se derogó la Lopd 15/1999?

La Lopd 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal se derogó para dar paso al Reglamento General de Protección de Datos. Este entró en vigor el 25 de mayo de 2016 y fue de plena aplicación desde el 25 de mayo de 2018, así como posteriormente a la Lopd 3/2018

Principales diferencias con la legislación actual

Si bien muchos conceptos y principios del Reglamento General de Protección de Datos y la lopd 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) son similares a la normativa anterior. Estas nuevas legislaciones introducen elementos que crean nuevas obligaciones para las empresas y organizaciones de la Unión Europea y España.

En primer lugar, las sanciones en materia de protección de datos de carácter personal han aumentado hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio mundial anual (el más alto de estás dos opciones).

Todas las empresas han de identificar y realizar un análisis de todas las áreas de riesgo. Además de documentar cómo se tratan sus datos personales. Incluyendo las operaciones de tratamiento realizadas por la empresa en lo que se denomina un Registro de Actividades del tratamiento. Este enfoque requiere un planteamiento proactivo por parte de cada organización para analizar estos aspectos, identificar los riesgos y en función de su nivel determinar las medidas necesarias para reducirlos al mínimo.

Por otra parte, es determinante la necesidad de firma de Contratos de Encargo del tratamiento siempre que un proveedor de servicios vaya a tener acceso a las bases de datos personales de su cliente. También, en los casos que correspondan, es necesario realizar una Evaluación de Impacto.

Para terminar, las nuevas normativas amplían los derechos en materia de protección de datos de carácter personal.

Los denominados derecho ARSO como:

  1. El derecho a acceder a sus datos personales
  2. Solicitar la rectificación de los datos inexactos
  3. Solicitar su supresión
  4. Solicitar la limitación del tratamiento de sus datos
  5. Oponerse al tratamiento de sus datos
  6. Solicitar su portabilidad.

Letslaw

En Letslaw, contamos con un equipo de expertos que se encuentra al día de todas las novedades, tanto en materia legislativa con en guías y directrices, emitidas por las autoridades competentes para la protección de datos personales.

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