El Tribunal Supremo anula la Tasa Google
Te informamos de la posición del alto tribunal en relación a la polémica generada por la Tasa Google y los argumentos aportados por el Tribunal Supremo.
La Tasa Google y la jurisprudencia del Supremo
La “Tasa Google”, también conocida como “Canon AEDE” es lo que entendemos por un impuesto al enlace. Este canon, impuesto en 2015, determinaba que si enlazabas a contenido intelectual protegido, tenías que pagar, pues tendrían la consideración de citas.
Esta medida, impuesta en la Ley de Propiedad Intelectual es todo un despropósito, por lo que ha provocado mucha polémica, llegando incluso a acabar con agregadores de enlaces como Google News, además de numerosos boicots hacia los medios y diarios que propiciaron el cambio de ley (los que componen la Asociación de Editores de Diarios Españoles, AEDE).
El Tribunal Supremo ha declarado nula la Tasa Google debido a un defecto en la metodología de cálculo de las tarifas. La sentencia considera que no se tienen en cuenta a las familias numerosas, que son «potencial afectadas, directamente y/o por repercusión, de las tarifas generales que lleguen a determinarse según la metodología que aprueba la Orden Ministerial impugnada«.
Además, el dictamen del TS también alega como motivo principal que la normativa incumple la Ley de Protección a las Familias Numerosas que señala, en su Disposición adicional décima, que «las memorias del análisis de impacto normativo que deben acompañar a los anteproyectos de ley y a los proyectos de reglamento incluirán el impacto de la normativa en la familia«. Es decir, que una familia con muchos miembros podría encontrar la ruina si se les aplicara esta tasa por la utilización de contenidos protegidos por derechos de autor, aunque organizaciones como CEDRO habían preferido empezar a intentar cobrársela primero a los grandes agregadores.
La Tasa Google y las páginas web
Más allá de las familias numerosas, esta nueva Tasa Google aprobada en 2015 ya estaba dando de qué hablar tras la ronda de conversaciones iniciada por Cedro con los agregadores para intentar empezar a aplicarla. Lo estaba haciendo sin tener en cuenta contextos, limitándose a cobrar 5 céntimos por cada usuario activo.
Consecuencias de la Tasa Google
Había otros muchos problemas en la Tasa Google que fueron manifestados por los potencialmente afectados. Algunos agregadores tenían previsto el cálculo de la tarifa a aplicar por parte de CEDRO, y eran pagos inviables. Ahora, el Tribunal Supremo, desde el prisma de la Justicia ha tumbado la Tasa Google por un importante defecto de forma en la metodología de cálculo de las tarifas a aplicar.
La Tasa Google también quiere implantarse a nivel europeo mediante la Unión Europeo, pero muchos de los parlamentarios de la mancomunidad se han manifestado en contra, por suerte. Otro de los países donde tienen un impuesto similar es en Reino Unido, cuyo nombre es DivertedProfitsTax, aunque el planteamiento es diferente.
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