logo

Rondas de inversión y derechos de adquisición preferente: lo que hay que tener claro

LetsLaw / Derecho Mercantil  / Rondas de inversión y derechos de adquisición preferente: lo que hay que tener claro
inversión

Rondas de inversión y derechos de adquisición preferente: lo que hay que tener claro

Cuando una startup busca financiación, uno de los puntos más delicados desde el punto de vista legal es cómo se regula la entrada de nuevos inversores. Además de negociar potenciales derechos preferentes como mayorías reforzadas o derechos de salida, también entran en juego los derechos de adquisición preferente, una figura que puede proteger —o complicar— el equilibrio societario.

¿Qué son y para qué sirven?

En pocas palabras: permiten a los socios existentes comprar, en igualdad de condiciones, las participaciones que otro socio quiere vender a un tercero o las que se emiten en una ampliación de capital (de esta afirmación podríamos hablar durante horas, y daría para otra entrada en este blog). Es una forma de garantizar que nadie entre en el cap table sin que los actuales tengan opción de igualar la oferta.

Estos derechos sirven para:

  • Evitar que entren terceros no deseados.
  • Mantener el control y el porcentaje de participación.
  • Dar estabilidad al accionariado en momentos clave (rondas, salidas, conflictos).

¿Qué dice la ley?

En sociedades limitadas, la Ley de Sociedades de Capital (art. 107 LSC) establece que, salvo que se diga lo contrario en estatutos, los socios tienen derecho preferente en caso de transmisiones voluntarias. Además, el art. 93 LSC reconoce el derecho de suscripción preferente en ampliaciones.

¿Cómo se aplica en una ronda?

En la práctica, este derecho suele aparecer tanto en estatutos como en el pacto de socios. Su regulación se adapta a cada operación, pero lo habitual es que:

  1. Se dé un plazo breve (15 días) para ejercerlo. Siempre hay que revisar los documentos societarios para asegurarse de que se cumple con el precio.
  2. Se exija igualar no solo el precio, sino todas las condiciones de la oferta.
  3. Se establezcan excepciones, de tal manera que la transmisión sea libre (por ejemplo, transmisiones intragrupo, a vehículos de inversión, etc.).

 

Para los socios actuales es una herramienta de control. Para el nuevo inversor, puede ser una barrera si no se matiza bien. En este punto, el trabajo previo del órgano de administración es fundamental.

Potenciales puntos de dolor en la negociación

Los problemas suelen surgir por:

  • Redacciones poco claras, especialmente en el pacto de socios, donde no se concreta bien en qué supuestos no aplica o se establecen plazos poco razonables que pueden actuar como disuasorio para el comprador.
  • Resistencia por parte de socios inversores, que pueden ver limitada su entrada. Como decíamos, aquí es clave la labor previa del administrador único.

Para evitar conflictos, es recomendable:

  • Definir bien cuándo aplica y cuándo no.
  • Fijar un procedimiento ágil: notificación clara, plazos razonables y consecuencias si no se responde.
  • Evitar duplicidades con cláusulas de drag/tag along o con preferencias de serie.
  • Adaptarlo a la realidad de la compañía: no es lo mismo una startup en fase seed que en una serie A.

Protección de los socios con derechos de adquisición preferente

Los derechos de adquisición preferente son una herramienta útil para proteger a los socios actuales, pero hay que manejarlos con cuidado. Si están bien regulados, aportan equilibrio. Si se usan de forma rígida o se activan de forma oportunista, pueden bloquear operaciones estratégicas o asustar a potenciales inversores.

Como casi todo en el ecosistema emprendedor, lo importante no es tanto la cláusula en sí, sino cómo se negocia, se aplica y se alinea con la etapa en la que está la compañía.

Es importante, por tanto, contar con un asesoramiento correcto que permita anticiparse a estos conflictos. Y si tenéis cualquier duda, estaremos encantados de asesoraros.

Contáctanos

    Al pulsar en "Enviar" aceptas nuestra Política de Privacidad - + Información, para tratar tus datos con la finalidad de tramitar las consultas que puedas plantearnos.

    Acepto recibir comunicaciones comerciales perfiladas por parte de LETSLAW, S.L. conforme a lo dispuesto en nuestra Política de Privacidad - + Información