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La AEPD se pronuncia sobre el caso Worldcoin

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La AEPD se pronuncia sobre el caso Worldcoin

La AEPD se pronuncia sobre el caso Worldcoin

El pasado 6 de marzo de 2024 la Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, la “AEPD”) emitió un comunicado en el que se ordenaba, a modo de medida cautelar a la empresa Tools for Humanity Corporation, el cese en la recogida y tratamiento de datos personales que está llevando a cabo en España bajo su proyecto Worldcoin.

Worldcoin, la empresa fundada por el líder de OpenAI Sam Altman, es una forma de dinero digital, concretamente una criptomoneda, diseñada para proporcionar una identificación única y facilitar la participación del usuario en la economía global. Para ello, su funcionamiento se basa en que un dispositivo conocido como “orb”, el cual escanea el iris del ojo humano y proporciona un código exclusivo que nadie más posee.

El propósito fundamental es asegurar que la identidad del usuario sea inimitable y que nadie más pueda acceder al dinero del usuario de manera indebida.

Al registrarse con el orb, el usuario obtiene una serie de tokens denominados WLD. Estos tokens permiten realizar compras, enviar dinero o respaldar proyectos según las preferencias del usuario. Worldcoin busca ser una moneda accesible para todos, sin importar el origen o lugar de residencia.

Medidas impuestas por la AEPD a Worldcoin

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha recibido múltiples quejas dirigidas a esta empresa, las cuales abordan problemas como la falta de información adecuada, la recopilación de datos de menores y la imposibilidad de revocar el consentimiento.

El manejo de datos biométricos, considerado de alto riesgo según la normativa europea y nacional en materia de protección de datos, plantea serias implicaciones para los derechos individuales debido a la sensibilidad de dichos datos.

Es por ello por lo que, la medida cautelar tomada constituye una respuesta fundamentada en circunstancias excepcionales, donde es necesario y proporcionado implementar medidas temporales para detener inmediatamente el tratamiento de dichos datos personales, evitar su posible transferencia a terceros y garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales.

Tools for Humanity Corporation tiene su sede europea en Alemania. La intervención de la Agencia se enmarca en el procedimiento establecido en el artículo 66.1 del RGPD, que permite a una autoridad de control, en este caso la AEPD, tomar medidas provisionales con efectos legales en su territorio cuando considere urgente intervenir para proteger los derechos y libertades de las personas, con un límite de validez de tres meses.

¿Cómo afectan las medidas a Worldcoin?

Como bien hemos mencionado, estas medidas implican que Worldcoin, a pesar de seguir activo, no puede actuar dentro de España, ni por el momento utilizar los datos que ya hubiera recabado de personas dentro del territorio nacional.

Respuesta de Worldcoin a la AEPD

Ante esta resolución, la empresa Worldcoin ha optado por recurrir a la justicia. Sin embargo, el primer dictamen respecto al recurso ha resultado desfavorable para sus intereses, pues la Audiencia Nacional ha rechazado la solicitud de medida cautelar y ha defendido la suspensión provisional de la recopilación de datos por parte de Worldcoin.

En este contexto, la Audiencia Nacional ha respaldado a la AEPD, justificando que debe primar «la protección del derecho a la protección de datos personales de los interesados frente al interés particular de la empresa recurrente, de carácter fundamentalmente económico«.

El tribunal avala la medida de bloqueo porque, en caso de que Worldcoin demuestre que ha sido bloqueada injustamente, podrá solicitar una compensación económica por los perjuicios sufridos.

Desde Worldcoin afirman que cumplen estrictamente con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y que ya están cooperando con la Autoridad de Protección de Datos europea para demostrarlo.

El siguiente paso para Worldcoin sería presentar una demanda contra la AEPD. Worldcoin tiene la intención de buscar respaldo judicial y, por lo tanto, plantea demandar a la AEPD.

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