La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil elimina el papel en los Juzgados
El pasado 7 de octubre entró en vigor la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que introduce diversas novedades como la supresión del uso del papel en los Juzgados, implantando el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en los diferentes trámites y procesos judiciales.
Desde Letslaw, os resumimos las modificaciones más relevantes que trae esta reforma:
- Tecnologías de la información y de la comunicación
La reforma pretende que la comunicación electrónica sea la forma habitual de actuar en la Administración de Justicia.
Por ello, a partir del 1 de enero de 2016 entrarán en vigor las disposiciones que obligarán a todos los profesionales de la justicia y órganos y oficinas judiciales y fiscales, a utilizar exclusivamente sistemas telemáticos para la presentación de escritos y documentos y para la realización de actos de comunicación procesal, en todos los órdenes jurisdiccionales.
La presentación de escritos y documentos por medios telemáticos se podrá hacer todos los días del año, durante las veinticuatro horas, aplicándose el mismo régimen para los escritos perentorios, con independencia del sistema utilizado de presentación.
En cuanto a los ciudadanos interesados que no sean profesionales de la justicia, también se verán obligados al uso de dichos sistemas telemáticos, pero a partir del 1 de enero de 2017. Se establece expresamente que los actos de comunicación se podrán realizar en la dirección electrónica habilitada por el destinatario o por medio de otro sistema telemático, a partir del 2017.
Así, los jueces podrán emplear datos de correo electrónico y de número de teléfono para localizar a los demandados. De esta forma, se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las notificaciones que hasta ahora se recibían en papel y también se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.
En materia de representación, se incluyen nuevos medios para el otorgamiento del apoderamiento apud acta mediante comparecencia electrónica, mediante su inscripción en el archivo electrónico de apoderamientos apud acta que se creará al efecto y que entrará en vigor en 2017.
- Protección del consumidor frente a cláusulas abusivas en el proceso monitorio
En relación al proceso monitorio, y con el objetivo de garantizar al consumidor una protección efectiva de sus intereses, el juez verificará la existencia de cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores o usuarios. Podrá, por este motivo, declarar de oficio el carácter abusivo de la cláusula en cuestión.
- Procuradores de los tribunales
La reforma asigna a la figura del procurador, como colaborador de la Administración de Justicia, un papel dinamizador de las relaciones entre las partes, sus abogados y las oficinas judiciales.
Como novedad destacable, se atribuye a los procuradores la capacidad de certificación para realizar todos los actos de comunicación, lo que les permitirá su práctica con el mismo alcance y efectos que los realizados por los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial y, con ello, se les exime de la necesidad de verse asistidos por testigos, lo que redundará en la agilización del procedimiento.
Sus atribuciones y obligaciones se refuerzan incluso respecto de la realización de los actos de comunicación a las personas que no son su representado.
- Modificación de la regulación del juicio verbal
Como medida para mejorar el proceso de juicio verbal, se introduce la figura de la contestación escrita a la demanda, con lo que el demandante podrá ir a juicio conociendo los motivos de oposición del demandado. De esta forma, se posibilitará que las partes puedan acudir a la vista con los medios de prueba precisos, evitándose la citación de testigos y peritos innecesarios.
Otra de las novedades de la reforma es la introducción de la posibilidad de acordar en el juicio verbal un trámite de conclusiones, que permitirá a ambas partes hacer sus alegaciones al término de la vista. Por otro lado, se establece un nuevo régimen de recursos más garantista contra decisiones que admitan o denieguen la práctica de pruebas.
Finalmente, las partes podrán pedir que se resuelva el pleito sin necesidad de celebrar la vista, por lo que los autos podrán darse por conclusos si el Tribunal acepta la solicitud.
- Reforma de la Justicia Gratuita
Con la reforma se establecen dos tipos de destinatarios de la justicia gratuita, quienes no tienen recursos suficientes para litigar y quienes tienen este derecho con independencia de su nivel de renta (como víctimas de violencia de género, de trata de seres humanos, de terrorismo, de accidentes graves, así como menores o discapacitados que hayan sufrido abusos o maltrato).
- Nuevo régimen de prescripciones en el Código Civil
Se acorta el plazo de prescripción de acciones personales que no tengan establecido un plazo de prescripción específico. El plazo para ejercerlas pasa de 15 años a 5.
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