¿Sabes cómo tributa el IVA en las importaciones y en las exportaciones?
¿Sabes cómo tributa el IVA en las importaciones y en las exportaciones? Desde el punto de vista fiscal, si bien como principio general las facturas de exportación están exentas de pagar IVA, hay muchas más cuestiones a tener en cuenta, lo que hace imprescindible para las empresas contar con profesionales de sólidos conocimientos en fiscalidad internacional.
En un mercado cada vez más globalizado en el que es habitual operar con empresas y profesionales localizados en cualquier lugar del planeta, es fundamental conocer con precisión el funcionamiento de una de las figuras impositivas más relevantes en las transacciones como es el Impuesto sobre el Valor Añadido y en concreto respecto de las exportaciones de bienes y servicios.
Lo primero que debemos establecer es qué operaciones son consideradas exportación. En este sentido, según la normativa que regula el IVA a nivel de la Unión Europea, no se trata de una modalidad del hecho imponible del impuesto sino que las exportaciones son aquellas entregas de bienes que, por el principio de tributación en destino, supone su salida fuera del territorio de la UE o, como veremos luego, hacia determinados territorios que aunque políticamente formen parte de la Unión, no disponen de IVA.
Como indicábamos al principio, las facturas por exportaciones están exentas de pagar IVA. Esta exención alcanza tanto a las operaciones de mercancías como a las prestaciones de servicios. Se trata de una exención de las denominadas plenas, en contraposición a las llamadas exenciones limitadas.
Esto significa que las empresas o profesionales que entregan la mercancía o prestan el servicio no solo no repercuten el impuesto sino que además pueden deducirse el IVA soportado en las adquisiciones relacionadas con la venta exenta.
Cabe destacar que para poder beneficiarse de esta exención plena y, por lo tanto, de la deducción del impuesto soportado, es imprescindible que dicha adquisición cumpla con todos los requisitos previstos en la ley.
Además, en el caso de la venta de mercancías, es necesario que:
- Estas salgan del territorio de la UE en un plazo máximo de 30 días.
- La operación se pueda acreditar ante la Agencia Tributaria correspondiente.
Otro de los aspectos importantes en la regulación del IVA de las operaciones de exportación es que los servicios accesorios a ellas también gozan de la exención del impuesto.
En este sentido, la Ley del IVA señala que las operaciones de servicios, incluidas las de transporte y operaciones accesorias, distintas a las que disfruten de la exención pero que estén directamente relacionadas con dichas exportaciones, tampoco deben estar gravadas por el impuesto.
Para que estas operaciones accesorias se consideren directamente relacionadas con la exportación y, por lo tanto, estén exentas del IVA, deben:
- Prestarse a algunas de las partes intervinientes en la operación o sus representantes.
- Y realizarse a partir del momento en que los bienes se expidan.
Finalmente, otro de los aspectos que debemos tener en cuenta es que el régimen especial de IVA para las operaciones de exportación también se aplica a las ventas realizadas a empresas localizadas en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.
Como vemos, si bien el principio general nos marca que en las exportaciones de bienes y servicios deben emitirse facturas sin IVA, son muchas las cuestiones que debemos tener en cuenta para aplicar correctamente la exención.
Además de los requisitos de la ley y la documentación que debemos utilizar, un conocimiento adecuado de la normativa sobre IVA nos permitirá beneficiarnos de otras exenciones, como en el caso de los servicios accesorios y de transporte en las ventas hacia fuera de la Unión Europea.