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INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y DERECHO

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INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y DERECHO

Cuando hablamos de Inteligencia Artificial nos referimos a muchos fenómenos y cuestiones que no están del todo claras. El término “Inteligencia Artificial” fue acuñado por primera vez en el año 1956 por John McCarthy, profesor de Standford, que lo definía como “la ciencia y la ingeniería de fabricar máquinas inteligentes, en especial máquinas inteligentes de computación” entendiendo por inteligente la parte de la informática orientada a obtener resultados.

Un importante avance para la Inteligencia Artificial podríamos establecerlo cuando, en el 10 de febrero de 1996, el “superordenador” de IBM Deep Blue se impuso al entonces campeón Garry Kaspárov en una primera partida de ajedrez, de un encuentro de 6. El resultado final fue 4 a 2 en favor del campeón ruso.

Podríamos afirmar que la Inteligencia Artificial supone la creación de un sistema que trata de emular o imitar la racionalidad del ser humano, en el sentido de que es capaz de dar respuestas lógicas basándose en una serie de datos, reglas o instrucciones que recibe para poder alcanzar una solución. Es probablemente la disciplina técnico-científica con más potencial en los últimos años.

Fines de inteligencia Artificial aplicada al derecho

Desde el principio, la Inteligencia Artificial aplicada a Derecho nació con la finalidad de solucionar un conjunto de problemas específicos que se plantean en el ámbito jurídico. Algunos de estos problemas son conocidos y persisten hasta hoy: la organización de grandes bases de datos, la clasificación, ordenación y análisis de textos legislativos que varían con el tiempo, la modelación de las operaciones realizadas por los agentes jurídicos, el análisis y estudio de determinados ámbitos del conocimiento jurídico, la argumentación razonable en función de normas o precedentes.

Como vemos en el sector jurídico la Inteligencia Artificial tiene múltiples aplicaciones y resulta ser una herramienta de apoyo que complementa la actividad del abogado. Por ejemplo, si nos encontramos ante un supuesto jurídico que requiere una respuesta, podemos dotar a un sistema o herramienta con una serie de datos (como los hechos, las personas implicadas, el plazo) y ponemos a su disposición una gran base de datos, como la jurisprudencia, la doctrina, la legislación y toda la documentación referente a nuestro asunto. La herramienta lo que hará será aglutinar y juntar toda esa información y darnos una respuesta jurídica que sirva para apoyar y desarrollar la resolución de nuestro caso.

La clave de todo ello es que la Inteligencia Artificial y Derecho debe ser entendida como una herramienta de apoyo, un complemento al trabajo del abogado. Los seres humanos no somos capaces de navegar y analizar toda la documentación que se encuentra digitalizada, entonces lo que nos permite la Inteligencia Artificial es analizar toda esa información elaborada para llegar antes a las opciones que te plantearías y poder elegir.

Principales problemas

El principal problema al que nos enfrentamos al juntar Inteligencia Artificial y Derecho es que se deben desarrollar tecnologías capaces de resolver eficientemente los problemas y consultas propuestos desde tres aspectos diferentes: el sistema o herramienta debe ser capaz de comprender e interpretar el lenguaje natural, la modelación de las reglas y pautas jurídicas de nuestro ordenamiento y debe ser capaz de procesar toda la información e interpretar una consulta.

Un problema que podemos encontrarnos al emplear la Inteligencia Artificial como herramienta de trabajo es el uso mal intencionado de la misma. Al fin y al cabo, se trata de un sistema o herramienta al que se le ofrecen una serie de datos y documentación que analiza para, mediante un proceso de razonamiento y el seguimiento de una serie de instrucciones alcanza una conclusión. Es decir, si a un sistema o herramienta le introduces una base de información errónea, limitada o incorrecta no podrá llevar a cabo un proceso de análisis correcto y las soluciones a las que va a llegar y que ofrecerá serán tergiversadas o falsas.

La Inteligencia Artificial no puede ofrecer ni ofrece soluciones correctas y definitivas, sino que ofrece opciones diferentes basadas en un proceso cognitivo, será el abogado el responsable de apoyarse en la opinión más acertada o adecuada.

Otro problema, que más bien debe ser visto como una oportunidad, es el hecho de que, en un futuro, la Inteligencia Artificial podrá llegar a realizar determinadas tareas de búsqueda y análisis de legislación y jurisprudencia que acabará sustituyendo determinadas tareas de becarios y abogados de primer nivel que deberán reinventarse. Toda automatización de tareas conlleva un flujo de empleo por el cual desaparecen determinadas tareas y por lo tanto puestos de trabajo más simples y evolucionan a tareas con un nivel de conocimiento y especialización mayor.

¿Debemos regular los usos de la Inteligencia Artificial?

Esta revolución conlleva nuevos desafíos a los que la regulación existente no da respuesta. Resulta necesario abordar no sólo cuestiones jurídicas, sino también sociales, económicas, de salud y éticas con el objeto de garantizar la libertad, la autonomía y seguridad de los seres humanos, esclareciendo cuestiones tales como cuál es la condición jurídica del robot, si deben tener o no un régimen especial de derechos y obligaciones, quién asume la responsabilidad de las acciones y omisiones de los sistemas autónomos e impredecibles, o el conjunto mínimo indispensable de medidas organizativas, técnicas y legales para asegurar su desarrollo seguro y minimizar los riesgos a los que están expuestas las personas.

No debemos tardar en elaborar una regulación avanzada que pueda impulsar el desenvolvimiento de la robótica y de la Inteligencia Artificial, y asegurar un desarrollo congruente con los valores propios de las constituciones y de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Entre las distintas iniciativas reguladoras, cabe destacar la importante Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de febrero de 2017, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre normas de Derecho civil sobre robótica, que recoge las principales líneas de trabajo para el legislador al respecto, entre las que destacan:

  • La creación de una “Agencia Europea de Robótica e Inteligencia Artificial”;
  • La elaboración de un código de conducta ético voluntario que sirva de base para regular quién será responsable de los impactos sociales, ambientales y de salud humana de la robótica y asegurar que operen de acuerdo con las normas legales, de seguridad y éticas pertinentes;
  • Promulgar reglas de responsabilidad por los daños causados por los robots;
  • Crear un estatuto de persona electrónica;
  • Crear un Registro Europeo de los robots inteligentes
  • La robótica y la inteligencia artificial son descritas como «tecnologías disruptivas» que pueden «transformar vidas y prácticas de trabajo», afectar al mercado laboral y los niveles de empleo, y que eventualmente tendrán un gran impacto en todas las esferas de la sociedad.

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