logo

El Parlamento Europeo rechaza el acta

LetsLaw / Delitos Informáticos  / El Parlamento Europeo rechaza el acta
blue 1283011 640

El Parlamento Europeo rechaza el acta

El 4 de julio de 2012 el Parlamento Europeo ha rechazado el ACTA (Acuerdo comercial contra la falsificación) con 478 votos en contra y 165 abstenciones, el pleno ha rechazado el Acuerdo multilateral Comercial contra la Falsificación, negociado por los países industrializados contra la piratería. Solo 39 eurodiputados votaron a favor. Los países que actualmente negocian el ACTA son Australia, Canada, los 27 estados miembros de la Unión Europea, Japón, Corea, Méjico, Marruecos, Nueva Zelanda, Singapur, Suiza y Estados Unidos. La Unión Europea firmaron el ACTA el 22 de enero de Tokio pero tenía que ser ratificado por los 27 Estados Miembros al contener reglas de ejecución en materia penal.

Tras el rechazo del Parlamento Europeo, la Comisión Europea solicitará la opinión legal del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con el fin de determinar si el ACTA vulnera derechos fundamentales de los ciudadanos europeos.

Por tanto, el rechazo del Parlamento Europeo, si bien ha supuesto un duro golpe para la aprobación del ACTA, no supone su completa paralización, ya que la Comisión Europea, una vez que el Tribunal Superior de Justicia se haya pronunciado (en estos momentos no es posible dar una fecha exacta acerca de cuándo se pronunciará el Tribunal), procederá con la redacción de un texto legal que proteja los derechos de propiedad intelectual de forma global y transfronteriza.

Por su parte, fuera de la UE, el ACTA sigue su camino para ser ratificado en el resto de países (Japón, Suiza, Méjico…) y entrará en vigor cuando al menos 6 países hayan procedido a su ratificación, aunque sin la ratificación de la UE parece que el ACTA ha perdido al menos parte de su razón de ser (ya que pierde en gran medida su carácter global).

El Tratado ACTA, tiene por objeto la lucha contra la falsificación y la protección de los derechos de propiedad intelectual a nivel internacional. Estas son las principales características:

– El ACTA no implicaría a priori una monitorización de los accesos a Internet ni cambiaría las obligaciones que contempla la legislación sobre comercio electrónico (fundamentalmente la Directiva sobre Comercio Electrónico) con respecto a las obligaciones de los Proveedores de Servicios de Internet (ISPs), en el sentido de que éstos no están obligados actualmente a monitorizar la información que transmiten (confirmando la reciente resolución del TSJCE en el caso SABAM Vs NETLOG. Tampoco supondría cortar los accesos a Internet de los usuarios.

– El ACTA pretende prevenir la vent de productos falsificados a ciudadanos de los Estados Miembros. El ACTA a priori pretende mantener la salvaguardia de los derechos de privacidad de los usuarios de Internet (aunque quizá esta ha sido una de las cuestiones que mayor debate ha generado) ni se pronuncia en contra de la comparición de contenidos a través de Internet (siempre y cuando los contenidos sean legales)

– El ACTA no implicaría una modificación de la legislación europea en vigor sino que lo que plantea son procedimientos para poder actual contra violaciones de derechos transfronterizas realizadas por organizaciones criminales.

La ventaja del ACTA es que contiende una serie de reglas que serían aplicables a los países que se adhieran a este acuerdo, que permitirán proteger los derechos de propiedad intelectual de los titulares de estos derechos de una forma global y en distintas jurisdicciones, cosa que hasta la fecha es bastante complicada  al encontrarnos con distintas legislaciones aplicables en la persecución de la piratería en Internet. Por otro lado, sí que parece que está tratando de mantenerse un equilibrio entre la defensa de los derechos de propiedad intelectual y la privacidad de los usuarios de Internet.

En definitiva, habrá que seguir de cerca la opinión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con respecto al ACTA y la evolución de las propuestas de la Comisión Europea para la protección de los derechos de propiedad intelectual a nivel global.

 

Letslaw es un despacho de abogados especializado en derecho de internet, derecho digital y de los negocios.

Contáctanos

    Al pulsar en "Enviar" aceptas nuestra Política de Privacidad - + Información, para tratar tus datos con la finalidad de tramitar las consultas que puedas plantearnos.

    Acepto recibir comunicaciones comerciales perfiladas por parte de LETSLAW, S.L. conforme a lo dispuesto en nuestra Política de Privacidad - + Información