
¿Qué supone la entrada en vigor del Real Decreto 933/2021 relativo al registro de viajeros?
El Real Decreto 933/2021, un hito en la regulación del sector del hospedaje y alquiler de vehículos en España, entró en vigor el pasado 2 de diciembre de 2024. Esta normativa, al establecer obligaciones de registro documental e información, busca fortalecer la seguridad ciudadana y facilitar la investigación en caso de incidentes. En este artículo, analizaremos en profundidad los alcances de este real decreto, profundizando en sus implicaciones para distintos actores y ofreciendo recomendaciones prácticas.
Registro documental: más allá del libro de visitas
Este registro, que sustituye al tradicional libro de visitas, debe contener una detallada ficha de cada huésped o arrendatario, incluyendo datos personales y de la estancia.
La digitalización de este proceso aporta múltiples beneficios. Por un lado, agiliza notablemente las gestiones al permitir un acceso inmediato a la información de cada cliente. Por otro lado, garantiza una mayor seguridad de los datos, reduciendo el riesgo de pérdida o deterioro. Además, facilita la integración con otros sistemas de gestión, como los de reservas o contabilidad, optimizando los procesos internos.
Aunque la normativa no impone un formato específico para este registro, sí establece ciertos requisitos indispensables. El sistema informático empleado debe permitir registrar todos los datos obligatorios, conservarlos durante un mínimo de tres años y garantizar un acceso seguro a las autoridades competentes cuando sea necesario. Esta flexibilidad en el formato, sin embargo, no debe comprometer la calidad y la integridad de la información recopilada.
¿A quién afecta?
El ámbito de aplicación del Real Decreto 933/2021 es muy amplio, abarcando desde grandes cadenas hoteleras hasta particulares que alquilan ocasionalmente una habitación. Algunos de los principales actores afectados son:
- Alojamientos turísticos: hoteles, hostales, apartamentos turísticos, campings, etc.
- Plataformas digitales: Airbnb, Booking, etc.
- Empresas de alquiler de vehículos: Rent a car, empresas de carsharing, etc.
- Particulares: aquellos que alquilan habitaciones o vehículos a través de plataformas digitales o de manera directa.
Es importante destacar que la normativa no distingue entre actividades profesionales y no profesionales, por lo que incluso los alquileres ocasionales están sujetos a estas obligaciones.
Datos que se solicitan
El registro documental debe incluir una serie de datos personales de los huéspedes o arrendatarios, con el fin de facilitar su identificación en caso de necesidad. Entre los datos obligatorios se encuentran:
- Datos identificativos: nombre completo, documento de identidad, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad.
- Datos de contacto: domicilio, teléfono, correo electrónico.
- Datos de la estancia: fecha de entrada y salida, número de personas, tipo de alojamiento.
- Datos del vehículo (en caso de alquiler): matrícula, marca, modelo.
Las plataformas digitales de alquiler vacaciones y de vehículos deben adaptar sus sistemas para cumplir con las nuevas obligaciones. En este sentido, deben desarrollar herramientas y funcionalidades específicas para facilitar el cumplimiento de la normativa por parte de los usuarios de dichas plataformas.
Es importante tener en consideración lo relativo al tratamiento de datos personales de los huéspedes: este deberá realizar siempre en cumplimiento con la normativa de protección de datos y los responsables del tratamiento deberán adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos y evitar su acceso no autorizado.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Real Decreto 933/2021 puede acarrear sanciones administrativas de diversa índole, que pueden ir desde multas económicas hasta la clausura temporal o definitiva del establecimiento.
Desde Letslaw recomendamos adoptar varias medidas para cumplir con las nuevas obligaciones establecidas por el Real Decreto 933/2021, las siguientes:
- Digitalizar el registro documental: implementar un sistema informático que permita registrar y almacenar de forma segura toda la información requerida.
- Formar al personal: capacitar al personal sobre los nuevos procedimientos y la importancia del cumplimiento de la normativa.
- Revisar los contratos: adaptar los contratos con los huéspedes y arrendatarios a las nuevas exigencias legales.
- Mantenerse informado: estar al tanto de las novedades legislativas y jurisprudenciales en materia de hospedaje y alquiler de vehículos.

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