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Migración a los nuevos estándares SEPA

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Migración a los nuevos estándares SEPA

A raíz del Reglamento CE 260/2012, a partir del 1 de febrero de 2014 todas las transferencias y adeudos nacionales deberán ser reemplazados por los nuevos instrumentos SEPA (Single Euro Payments Area). Estos instrumentos son (i) las transferencias SEPA, que sustituyen a las actuales transferencias nacionales y que contemplan los pagos puntuales, masivos, pago de nóminas y pensiones, (ii) adeudos directos, en lugar de las actuales domiciliaciones bancarias; comprenden los pagos periódicos o puntuales, (iii) tarjetas bancarias de pago. Las tarjetas válidas en un país de la SEPA podrán utilizarse para pagar y disponer de efectivo en todo el área SEPA de igual forma que en el propio país.

El proyecto SEPA comprende los 28 Estados Miembros de la UE así como Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco.

Acorde con el reglamento, el código BIC no será exigible en el ámbito nacional a partir de febrero de 2014, y respecto a operaciones transfronterizas dejará de ser exigible a partir del 1 de febrero de 2016. El Reglamento propone la sola exigencia del código IBAN para realizar o recibir pagos, reemplazando al Código Cuenta Cliente (CCC) utilizado en España. Las empresas por tanto deben migrar los datos de las cuentas corrientes de clientes y proveedores al código IBAN.

En caso de cobrarse comisiones en pagos transfronterizos, éstas deberán ser iguales a las de las operaciones nacionales equivalentes, independientemente de los importes.

Todo emisor de recibos deberá obtener de cada cliente/deudor un mandato (una orden de adeudo); aquellos mandatos efectuados con anterioridad a febrero de 2014 seguirán estando vigentes.

Todas las cuentas de pago de un ordenante que sean accesibles para la realización de adeudos domiciliados nacionales también deben ser accesibles a través de un régimen de adeudos domiciliados en territorio comunitario.

En definitiva, los clientes podrán efectuar pagos en cualquiera de los 33 países de la zona SEPA mediante una única cuenta, una única tarjeta y unos instrumentos de pago con iguales características.

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