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Recurso de apelación

Recurso de apelación

Los abogados expertos en litigación de Letslaw pueden ayudarte con su asesoramiento profesional durante todo el recurso de apelación.

Nuestro apoyo profesional incluye tanto en la preparación y redacción del recurso, como en la redacción de cualesquiera documentos que fuesen necesarios presentar junto al escrito recurriendo en apelación el auto o sentencia.

¿Cómo funciona un recurso de apelación?

Los tribunales competentes para conocer de un recurso de apelación en la jurisdicción civil son:

  1. Los Juzgados de Primera Instancia, cuando las resoluciones apelables hayan sido dictadas por los Juzgados de Paz de su partido.
  2. Las Audiencias Provinciales, cuando las resoluciones apelables hayan sido dictadas por los Juzgados de Primera Instancia de su circunscripción.

En virtud del recurso de apelación contra una sentencia podrá perseguirse, con arreglo a los fundamentos de hecho y de derecho de las pretensiones formuladas ante el tribunal de primera instancia, que se revoque un auto o sentencia y que, en su lugar, se dicte otro u otra favorable al recurrente. Solicitando un nuevo examen de las actuaciones llevadas a cabo ante aquel tribunal y conforme a la prueba que, en los casos previstos en esta Ley, se practique ante el tribunal de apelación.

Sin embargo, cuando se plantea un recurso de apelación contra una resolución interlocutoria, no abriría una segunda instancia, sino que el Tribunal de apelación se limitaría a decidir de nuevo sobre la cuestión impugnada.

El recurso de apelación se interpondrá ante el mismo Tribunal que hubiere dictado el auto o la sentencia que se recurre pero será competente para conocer y decidir el Tribunal jerárquicamente superior al que dictó el auto o sentencia.

Plazo para imponer un recurso de apelación

Con respecto al recurso de apelación en la jurisdicción civil, podemos decir que el plazo para interponer dicho recurso de apelación es de 20 días hábiles. Y el contenido del recurso deberá contener las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugna. 

Si no se quiere recurrir en su totalidad, sino solo en parte, habrá de especificarse cual o cuales de los pronunciamientos pretenden recurrirse.

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