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REFORMA DEL SISTEMA DE COMPENSACIÓN POR COPIA PRIVADA. VUELVE EL CANON DIGITAL

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REFORMA DEL SISTEMA DE COMPENSACIÓN POR COPIA PRIVADA. VUELVE EL CANON DIGITAL

El Gobierno aprobó el pasado 3 de julio el Real Decreto Ley 12/2017, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada que modifica la regulación de la compensación equitativa por el límite de copia privada contenida en el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, con el objetivo de adaptar la legislación nacional a la jurisprudencia europea.

Este Real Decreto Ley ha sido acordado con las entidades de gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual, con las grandes empresas del sector tecnológico y con varios grupos parlamentarios.

  1. Hechos anteriores relacionados con el canon digital.
  • En octubre de 2010, la sentencia Padawan, invalidaba el sistema de compensación por copia privada que fue implantado en 2006.
  • En diciembre de 2011, el Gobierno aprobó un Real Decreto Ley que regulaba la compensación equitativa por copia privada a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.
  • En junio de 2016, el Tribunal Supremo señaló que, en la legislación española, no se recogía un mecanismo que permitiera a las personas jurídicas la solicitud de la exención del pago o su reembolso.
  • Esta última interpretación fue adoptada por el Tribunal Supremo el pasado mes de noviembre y anuló el Real Decreto de 2011 que regulaba la compensación por copia privada a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.
  1. Fabricantes y distribuidores de equipos reproductores.

El nuevo sistema de compensación por copia privada establece un modelo basado en el pago de un importe a satisfacer por fabricantes y distribuidores de equipos y soportes de reproducción, acompañado de un mecanismo efectivo de excepciones y reembolsos.

Este nuevo modelo supone que el pago de la compensación por copia privada, recaerá sobre los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción y permite la excepción del pago a las personas jurídicas que justifiquen el destino profesional de los equipos y soportes adquiridos, y a las entidades del sector público.

El Real Decreto considera que, el nuevo modelo de canon digital, responde de manera equilibrada a las necesidades de los consumidores y de los diferentes sectores implicados, incluidos los titulares de derechos de propiedad intelectual, además de tratarse de una compensación equitativa que cumple tanto con el derecho europeo como con el nacional.

Las entidades de gestión deberán constituir una persona jurídica, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto, para que lleve a cabo la gestión de la facturación y será responsable de gestionar las excepciones de pago y los reembolsos. Además, recoge que, ninguna de las entidades de gestión, ostentará, por sí misma, capacidad para controlar la toma de decisiones de dicha persona jurídica.

  1. Implantación escalonada y régimen tarifario transitorio

Se prevé una implantación escalonada del sistema de compensación de copia privada para facilitar la introducción del nuevo modelo previsto en el Real Decreto. El primer año tras la entrada en vigor de la norma se aplicará la compensación prevista en la Disposición Transitoria Segunda que establece tanto el listado de soportes que estarán grabados con el canon, como las cuantías económicas de los mismos.

Con esta nueva regulación se grabará a los mismos aparatos que los países vecinos, pero “en una horquilla de cuantías más baja”.

Entre los ejemplos que señala el Ministerio, se encuentran un teléfono móvil o smartphone, por los que los fabricantes abonarán 1,10 euros, o un dispositivo electrónico con pantalla táctil o tablet que tendrán un gravamen de 3,15 euros.

Transcurrido un año desde la publicación del se regulará mediante Real Decreto tanto la relación de equipos, como las cuantías, para adaptarlas a la realidad de la copia privada y a las novedades tecnológicas del mercado.

Letslaw es un despacho especializado en derecho digital, propiedad intelectual y nuevas tecnologías.

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